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Tumba de Francisco Franco, en la basílica del Valle de los Caídos. Alberto Ferreras
El Supremo pide al Gobierno el acuerdo para exhumar a Franco antes de resolver los recursos

El Supremo pide al Gobierno el acuerdo para exhumar a Franco antes de resolver los recursos

La Sala Tercera quiere conocer los detalles de la resolución del Consejo de Ministros de 15 de marzo sobre el traslado de los restos del dictador al cementerio de Mingorrubio

Mateo Balín

Madrid

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Martes, 2 de abril 2019, 14:22

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El Tribunal Supremo ha requerido al Gobierno que aporte una copia del acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 15 de marzo sobre la exhumación y traslado de los restos del dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos, así como los antecedentes de dicho acuerdo que obren en el expediente administrativo.

La Sala Tercera (de lo contencioso-administrativo) ha tomado esta decisión antes de resolver si procede o no la suspensión cautelar del acuerdo del Ejecutivo central, después del recurso presentado por la familia Franco, que se opone a la medida mientras no se examine el fondo de su apelación.

En dicho acuerdo, el Consejo de Ministros autorizó la exhumación de los restos y su posterior inhumación en el panteón familiar ubicado en el cementerio de Mingorrubio, en El Pardo (Madrid), el próximo 10 de junio, cumpliendo así con el Real Decreto-ley 10/2018 y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de agosto de 2018, por el que se inició el procedimiento administrativo.

El acuerdo también está recurrido ante el Supremo por la comunidad benedictina del Valle de los Caídos y por la Fundación Francisco Franco, que también han pedido su suspensión cautelar. Aunque la decisión de hoy de la Sala se refiere sólo al recurso de la familia, que fue el primero que se presentó.

Según el Gobierno, el cementerio de Mingorrubio-El Pardo permite garantizar tanto las condiciones de dignidad y respeto como la digna sepultura exigidas. Dispone de unidades de enterramiento cerradas (panteones, capillas-panteones), como lo es precisamente el lugar donde reposan los restos de Carmen Polo, esposa de Francisco Franco, garantizando también la intimidad de los familiares.

«No plantea problemas de orden público y seguridad ciudadana, ya que se ubica en un lugar aislado, no integrado en el centro de un núcleo urbano ni se encuentra anexo a puntos, edificios e instalaciones estratégicas y/o emblemáticas».

El mandato señala como fecha de ejecución de las operaciones de exhumación, traslado y ejecución el 10 de junio, garantizando así el transcurso de un tiempo suficiente para salvaguardar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva de los interesados. Se respetará, además, el derecho de los familiares a estar presentes si lo desean y a que organicen una «breve e íntima» ceremonia acorde con sus preferencias religiosas. «No se permitirá el acceso a medios de comunicación y se adoptarán las medidas necesarias para evitar el uso de medios de captación y reproducción de imagen y sonido».

Antecedentes

El 24 de agosto de 2018 se acordó la aprobación del Real Decreto-ley 10/2018 por el que se modificó la Ley de Memoria Histórica, un proceso dirigido a la resignificación del Valle de los Caídos. A estos efectos, se inició mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de agosto de 2018 el procedimiento administrativo para el desenterramiento de los restos mortales del dictador.

El referido Real Decreto-ley fue convalidado por el Congreso de los Diputados el 13 de septiembre de 2018 con sólo dos votos en contra y responde a la voluntad parlamentaria manifestada en la Proposición no de Ley de 11 de mayo de 2017. Además, se da cumplimiento a los numerosos requerimientos de Naciones Unidas sobre medidas adoptadas en materia de memoria histórica y regeneración democrática.

El pasado 8 de noviembre, el Consejo de Ministros adoptó el acuerdo por el que se dispuso la continuación del procedimiento y se ordenó al ministerio de Justicia que remitiese al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) el proyecto necesario para llevar a cabo la exhumación, que solicitase al órgano de la Comunidad Autónoma de Madrid competente en materia de sanidad mortuoria el informe no vinculante sobre el proyecto de desenterramiento, y que se promoviesen las actuaciones oportunas para el acceso a la Basílica.

El 15 de febrero, el Consejo de Ministros aprobó conceder un nuevo plazo de 15 días a la familia para que indicasen otro lugar de reinhumación que sí cumpliera con los requisitos relativos al orden público y a la seguridad ciudadana, distinto de la cripta de la Catedral de la Almudena.

El pasado 7 de marzo, los nietos de Francisco Franco registraron en el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad un escrito en el que se ratificaron de forma expresa en su decisión de que la reinhumación de los restos mortales de su abuelo se realizase en la cripta de la Catedral de la Almudena. Al día siguiente, la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Supremo admitió a trámite un recurso contencioso-administrativo interpuesto por los familiares contra el acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de febrero de 2019, solicitando su suspensión.

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