Participa... pero con ojo
Loterías recomienda dejar «alguna constancia» cuando se comparten décimos. «No hay año sin juicio», avisa
Pablo Álvarez
Domingo, 20 de noviembre 2016, 21:12
Estamos en plena temporada de Lotería de Navidad. El sorteo más importante y de más solera de este país se presenta oficialmente esta semana; pero la venta es, claro, otra cosa. En realidad, lleva habiendo décimos en las administraciones desde el pasado 4 de julio.
Casi medio año, pues, nos pasamos los españoles comprando la improbable posibilidad estadística de que nos toque el Gordo. Porque, si bien es cierto que la Lotería Nacional es una de las más 'probables' del mundo, también lo es que esa probabilidad es ínfima: una de cada 100.000 de que el número que está en su mano sea el del Gordo.
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Galgos o podencos
Con tanta historia a su espalda (el primer sorteo fue el 18 de diciembre de 1812, ahí es nada) a su alrededor se ha creado una tradición que navega entre lo legal, lo ilegal y lo alegal, pero que funciona año tras año sin grandes quebrantos. aunque alguno hay que conviene tener en cuenta.
Por ejemplo, una tradición propia de este sorteo es la partición de un número en muchas unidades pequeñas que entidades de todo tipo (desde partidos políticos a clubes de fútbol) revenden, a veces por el mismo precio, otras veces con un recargo o 'donativo' sobre el precio nominal del décimo.
¿Puede cualquiera emitir participaciones de Navidad? «Sí, cualquiera. No hay ningún requisito». Así lo explica Carlos Ruiz Alberti, delegado comercial de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) en La Rioja. Es decir, quien vende participaciones de un número no ha tenido que demostrar que efectivamente posee la lotería que vende, ni nada semejante.
«Las organizaciones sin ánimo de lucro tienen que informar a Loterías de que van a hacer participaciones», explica. Y las más grandes lo hacen. pero muchas otras no. Y además, aunque se informe en realidad no es más que un puro trámite, porque la autorización «es automática».
El recargo, del 20%
También hay total libertad, explica, a la hora de vender lotería con recargo. No hay que pedir autorización, ni es necesario que el fin sea caritativo, ni nada de eso. «Eso sí, el límite legal es del 20%». Es decir, un décimo de 20 euros puede ser vendido como máximo por 24. En todo caso, en el caso de ONG se podría argumentar que no se trata de un recargo exactamente, sino de un 'donativo'. Pero, como ocurre en el caso de la emisión de participaciones, entramos en un terreno mas bien alegal, que se mueve por la fuerza de la costumbre.
Ruiz Alberti señala, por ejemplo, que «de Madrid para abajo» es muy normal que los bares vendan Lotería de Navidad con recargo. «Es legal, claro. Y si aquí no se hace es simplemente porque no hay costumbre de hacerlo; pero si de repente los bares empezaran a cobrar por la lotería y se generalizara, sería perfectamente legal».
En teoría, esos ingresos por la lotería son computables a efectos de Hacienda, pero Ruiz asume que en esto también hay mucho de alegal. «No creo que Hacienda pudiera permitirse ir a comprobar una a una a todas las asociaciones que emiten con recargo. Al final son cantidades ínfimas, y acabarían costando más las cintas que el manto», aventura. «Y para muchas asociaciones, el dinero de la Lotería de Navidad supone un ingreso importante cada año».
En ese terreno resbaladizo entre la ley y la tradición se mueve la costumbre de comprar lotería a medias entre dos o más amigos, o las de las cuadrillas o grupos más o menos fijos que se unen semanalmente para jugar en tal o cual sorteo. Algo que se multiplica en Navidad. Ruiz Alberti recomienda, en estos casos, prudencia. «Los amigos son amigos y piensan que nunca va a pasar nada, y nunca pasa. si no toca».
Pero luego viene el premio, y cuando el dinero entra por la puerta la amistad salta por la ventana. «No hay año sin juicio por este tema», recuerda. De manera que recomienda curarse en salud: una fotocopia firmada por todos los que juegan, por ejemplo, evita problemas. «Por ejemplo, es común el caso de peñas en la que uno de los miembros no había pagado precisamente en el sorteo que tocó. Si luego se demuestra que esa persona participaba habitualmente en la peña, los tribunales suelen darles la razón».
Otra recomendación de Ruiz es tener cuidado a la hora de cobrar el premio compartido. «Tienen que ir todos a cobrarlo, que quede claro que el premio es de todos, para evitar problemas fiscales después». La lotería está sujeta al pago del 20% de todos los premios superiores a 2.500 euros. Pero si el premio lo cobra uno y luego 'reparte', eso podría entenderse como una donación, que sí está sujeta a pago al fisco. Posteriormente, Loterías emite un certificado fiscal de ese premio, que puede utilizarse en caso de posteriores preguntas de la Agencia Tributaria.