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Reuters
El supervisor contra el blanqueo reprocha a la banca que no profundice

El supervisor contra el blanqueo reprocha a la banca que no profundice

El Sepblac se queja de la «dificultad para identificar indicios claros» en un número «considerable» de asuntos, mientras en la UE se refuerza a la EBA

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Domingo, 27 de enero 2019, 00:12

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La lucha contra el blanqueo de capitales no se frena, aunque avanza a ritmo desigual y, lo que es peor, se generan dudas sobre su efectividad real tanto en España como a nivel comunitario en la UE. La primera en señalarlo ha sido la propia Comisión, que por boca de su vicepresidente y a la vez responsable de Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales, Valdis Dombrovskis, ha reconocido que esa supervisión «ha fracasado en demasiadas ocasiones en Europa».

Por eso, el gabinete comunitario presidido por Jean-Claude Juncker decidió en septiembre reforzar las competencias en esa materia de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) y el martes pasado obtuvo el refrendo de los ministros de Economía y Finanzas de la Unión. Ahora comenzarán las negociaciones con la Eurocámara para tratar de alcanzar un acuerdo definitivo antes de que acabe esta legislatura en Estrasburgo, a finales de abril.

El nuevo reglamento modificado de la EBA incluye media docena de cambios. El principal es que podrá solicitar a los supervisores nacionales encargados de la lucha contra el blanqueo «que investiguen las posibles infracciones sustanciales», e incluso «exigirles que estudien medidas selectivas», por ejemplo, sanciones. Y si entiende que no cooperan «adecuadamente·, puede «como último recurso» llegar a «dictar decisiones directamente a los agentes del sector financiero», esto es, ordenar a los bancos lo que considere.

Asimismo, la Autoridad Bancaria Europea realizará exámenes periódicos de los supervisores nacionales y hará «evaluaciones de riesgo», al tiempo que facilitará la recopilación de información y «fomentará su intercambio», lo que incluye la cooperación con países que no pertenezcan a la UE. Para todo ello se creará un nuevo comité permanente, que irá revisando su cumplimiento.

La EBA, llegado el caso, podría reclamar a las autoridades de un país mayor efectividad en algún aspecto. España, por ejemplo, ha sido señalada junto otros 17 Estados miembros en un informe preliminar del Parlamento Europeo sobre los permisos de residencia concedidos a ciudadanos extranjeros por comprar viviendas de lujo en sus territorios, al estimar que pueden suponer «riesgos significativos» en materia de blanqueo. Al menos 5.000 personas de terceros países han pasado a vivir permanentemente en la UE gracias a esas «inversiones significativas»: en el caso español, más de medio millón de euros en inmuebles cada uno.

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) sería el encargado de verificar que no se está realizando un lavado de dinero de procedencia ilícita con esas operaciones. Pero la información, tras las últimas modificaciones legales precisamente en cumplimiento de la IV Directiva comunitaria -relativa a la prevención del blanqueo y la financiación del terrorismo-, debería llegarle de los nuevos sujetos obligados.

No conocer al cliente

Y entre estos figuran más de una quincena de profesiones, amén de las entidades financieras. Los promotores inmobiliarios y las agencias del sector son algunos, pero el Sepblac -autoridad supervisora aunque se integra en el Ministerio de Economía y su personal, además de sus cuentas, dependen del Banco de España- se queja de que hacen un análisis «inadecuado» del origen de los fondos usados en las compraventas de las casas, además de «adolecer de falta de conocimiento del cliente».

Una critica parecida realiza en su última memoria anual a la banca, al señalar «la dificultad para identificar indicios claros de blanqueo de capitales en un número considerable de comunicaciones por indicios» realizadas desde algunas entidades de crédito -no concreta nombres-. Y les reprocha que, «en ciertos casos, hubiera resultado factible demostrar la ausencia de vinculación de la operativa con una actividad delictiva habiendo profundizado en su análisis». Por eso les recuerda su «obligación legal» de que los avisos que le mandan «vengan precedidos de un proceso estructurado de examen especial», donde se estudie todo el dispositivo, desde los intervinientes a la información «relevante».

También censura a algunas entidades bancarias por «reiterar» un número «significativo» de avisos que se referían a operaciones «bien conocidas y comunicadas desde hacía años», operativas que ya se «deberían haber evitado mediante una correcta aplicación de medidas preventivas y de la diligencia debida».

El Sepblac, además, apunta a los abogados, en este caso por su «bajo número de comunicaciones», un porcentaje «mínimo» en un colectivo profesional «muy amplio» y con «riesgo potencial elevado» cuando hace funciones diferentes a la defensa letrada. Una crítica similar hace de auditores contables y asesores fiscales.

Sí destaca, por el contrario, las aportaciones de notarios y registradores de la propiedad, autores de casi seis de cada 10 avisos. Los primeros respondieron en 2017 a 20.000 solicitudes de información de las autoridades sobre esos delitos, mientras los segundos han aflorado 5.000 sociedades interpuestas y testaferros que invierten en empresas españolas.

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