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El Supremo da otro portazo judicial a la denominación rupturista Viñedos de Álava

El Alto Tribunal inadmite el recurso de casación de la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa porque «no se acredita una supuesta notoriedad de vinos que se conozcan como Viñedos de Álava ni una realidad diferente a la de Rioja Alavesa»

Miércoles, 18 de junio 2025, 14:11

El recorrido de 'Arabako Mahastiak-Viñedos de Álava' parece llegar a su fin. La Denominación de Origen Protegida que impulsaba desde 2016 la junta directiva de la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa junto a un grupo indeterminado de firmas vitivinícolas de la comarca vecina recibía hace una semana un nuevo revés judicial que apunta ya a ser definitivo . Y cualquier posibilidad de que prospere esta iniciativa rupturista con la Denominación de Origen Calificada (DOCa) Rioja parece una entelequia. Porque en una providencia con fecha del pasado 11 de junio, el Tribunal Supremo inadmitía a trámite el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) contra la sentencia del 5 de noviembre del año pasado que entonces emitió el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dando la razón al Consejo Regulador.

Fue el máximo órgano de gobierno de Rioja quien, a través de un comunicado publicado en su página web, desvelaba el contenido de esta resolución judicial dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. Así, el Consejo detalla los dos principales motivos por los que, a su juicio, se inadmite el recurso de casación: ABRA no ha justificado que la sentencia emitida por el Tribunal Superior vasco infrinja el ordenamiento jurídico y, además, «se aprecia la ausencia de interés casacional y de la necesidad de un pronunciamiento por parte del propio Tribunal Supremo».

En la Denominación de Origen Rioja también destacan que el Supremo «se hace eco de los razonamientos» del alto tribunal vasco, «que argumentaba que no se acredita ni el uso ni una supuesta notoriedad de vinos que se conozcan con la marca Viñedos de Álava ni tampoco una realidad diferente a la que ahora tienen los vinos de las zona de Rioja Alavesa dentro de la DOCa Rioja».

«Inducir a error al consumidor»

En este sentido, para dictar su sentencia de noviembre pasado, se apoyó en un informe del Ministerio de Agricultura, que se oponía a la DOP alavesa al considerar que «ofrece al consumidor el mismo vino bajo dos denominaciones de origen» al coincidir «la zona geográfica natural, las variedades de uva y las prácticas agrícolas y enológicas». Asimismo, el Ministerio advertía del posible aprovechamiento y reputación de la mención 'Rioja Alavesa' por la nueva DOP mientras que Viñedos de Álava no tiene ni prestigio ni reputación previas cuando«las denominaciones de origen no se crean sino que se reconocen».

La providencia del Tribunal Supremo llega a asegurar que, de prosperar la iniciativa de Viñedos de Álava, «se hubiera inducido a error a los consumidores». El Consejo Regulador da por agotado este proyecto, habla de anulación definitiva y lam enta el «grave daño a la Denominación de Origen Calificada Rioja y a sus inscritos, su marca y su imagen» con esta iniciativa «sin llegar a conocer quién estaba interesado realmente en ella».

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