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El TSJR reconoce el derecho de una trabajadora de la Agencia del Conocimiento a disfrutar días adicionales por antigüedad

Esta sentencia es de aplicación "solo para el personal sujeto a la Resolución del 30 de diciembre de 2013"

la rioja

Viernes, 10 de noviembre 2017, 15:41

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CCOO La Rioja ha anunciado en una nota de prensa que el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja ha emitido una sentencia favorable, declarando el derecho de una trabajadora de la extinta Agencia del Conocimiento, al reconocimiento y al disfrute de días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares por antigüedad., ha explixado Europa Pess.

Según explican en su comunicado, esta trabajadora "junto con el resto de los compañeros de dicha Agencia Pública fue subrogada por la Administración de La Rioja mediante Resolución el 30 de diciembre de 2013, pasando así a formar parte de la plantilla de la Administración como personal laboral indefinido-no fijo en la Dirección General de las Tecnologías de la Información".

Se da la circunstancia de que, en dicha Resolución, "se le reconoce una antigüedad desde el año 2007, y que en aras de la paz social y tras un largo periodo de conflictos y recursos se decaen de los juzgados obviando sobre el papel su verdadera antigüedad".

Esta trabajadora prestaba sus servicios como personal fijo de las diferentes empresas públicas de la Administración desde el año 1992, primero (SAICAR y AGENCIA del CONOCIMIENTO) después.

Para CCOO La Rioja, se da la paradoja de que en febrero de 2016 la Administración de La Rioja "le reconoce a la trabajadora la percepción del octavo trienio, en su carácter económico y administrativo. Dada ésta circunstancia la trabajadora solicita a la Administración el reconocimiento del disfrute de tres días adicionales de permiso para asuntos particulares por antigüedad, y los 24 días de vacaciones por los 24 años de servicio, correspondientes ambos a 2016".

Petición que "la Administración denegó, y que la trabajadora con los Servicios Jurídicos de CCOO elevó al Tribunal Superior de Justicia generando con ello esta sentencia favorable y novedosa".

Esta sentencia es de aplicación "solo para el personal sujeto a la Resolución del 30 de diciembre de 2013".

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