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El nuevo Reglamento de Extranjería entra este martes en vigor. Una normativa que, en general, se valora de manera positiva por las asociaciones y resto ... de agentes vinculados a la inmigración en La Rioja, salvo en puntos concretos, como el relacionado con los solicitantes de asilo.
«Tiene bastantes cosas buenas, porque se tocan todas las opciones de regularización, con mejoras en muchos casos», señala Carolina Benito, responsable del Servicio de Orientación Social de Rioja Acoge, quien, sin embargo, opina que la prioridad debería ser aquello «que solo se puede modificar con ley», en referencia al «procedimiento general» para venir a trabajar a España. «Las personas vienen como pueden y, una vez aquí, ven cómo pueden regularizarse», lamenta antes de hablar de los solicitantes de asilo. «Las reglas del juego han cambiado y ponen en dificultades a muchos de ellos», advierte.
Entre los puntos positivos que destacan los responsables de estas organizaciones se encuentran la disminución del tiempo mínimo necesario para acceder al arraigo social, se pasa de tres a dos años, o todo lo relacionado con la reagrupación familiar. «Se ha creado un estatuto con el que se deja claro qué familiares pueden venir, en qué condiciones y, sobre todo, se amplía el número de esos familiares, una petición que era un clamor», resume Benito.
Sin embargo, las opiniones relacionadas con los solicitantes de protección internacional no resultan tan positivas. ¿Cuál es el problema? Alfredo Daroca, abogado especializado en estos asuntos, lo explica. «La incompatibilidad entre el asilo y el arraigo es el gran conflicto», señala. «Para pedir el arraigo no puedes ser solicitante de asilo, además de encontrarte en situación irregular» añade antes de resaltar cual es el «gran caballo de Troya» de esta cuestión: «El tiempo que la persona espera a esa resolución no es computable cuando pida el arraigo».
Eso quiere decir que una vez que al solicitante se le deniegue el asilo («es algo que ocurre en el 98% de los casos», recuerda Benito), este se quedará en situación irregular y como si acabara de llegar al país. Contador a cero. Y hay que tener en cuenta que para acceder a casi todas las opciones de arraigo que establece el nuevo reglamento se exige un periodo mínimo de dos años de estancia en el país.
Así, según el último informe 'Más que cifras' de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), 808 personas pidieron asilo en La Rioja en 2024, aunque no todas están en esta comprometida situación. «Lo que hemos hecho en los últimos meses, y ha sido un trabajo muy arduo, es valorar caso por caso para ver si cumplían las condiciones para regularizarse por otra vía», apunta Benito. «El problema es que los que no lo han podido hacer se quedan en una situación realmente complicada», lamenta la responsable del Servicio de Orientación Social de Rioja Acoge.
Además, el reglamento establece una disposición transitoria de un año de duración que beneficia a las personas con la solicitud denegada antes del 20 de marzo y no hayan presentado recurso; y, en el caso de haberlo presentado, tengan ya una respuesta negativa o renuncian a él. «Pero se necesita una resolución expresa de que se haya denegado la protección», recalca Daroca. En estos casos, hay que acreditar seis meses en situación irregular antes de la solicitud y cumplir con el resto de requisitos para el arraigo.
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