Nuevos límites a los contratos de formación: ninguna empresa podrá superar la treintena
El Gobierno aprobará este martes un reglamento pendiente de la reforma laboral que restringirá a tres el máximo de este tipo de contratos en micropymes
Casi cuatro años después de entrar en vigor la reforma laboral, el Gobierno aprueba este martes un nuevo reglamento que tenía pendiente de desarrollo que ... limitará el número de contratos formativos en las empresas con el objetivo de «garantizar una formación de calidad y adaptada a la realidad productiva del país». Así lo anunció este lunes la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, durante su participación en un acto del 40º aniversario de las escuelas taller.
Una vez que entren en vigor estos cambios –que han estado dos años guardados en el cajón–, ninguna empresa, por muy grande que sea, podrá tener en plantilla a través de contratos formativos a más de treinta jóvenes. Será el máximo legal, pero en función del número de empleados operará un tope distinto. Así, en los negocios de hasta diez trabajadores se restringirán a tres los contratos de este tipo y la plantilla podrá ser de 13, mientras que en las pymes que tengan una plantilla de entre 11 y 30 empleados serán siete como mucho. Aquellas compañías que cuenten con entre 31 y 50 trabajadores (siempre sin incluir en el cálculo los que estén en formación) podrán tener hasta doce contratos de formación y para las más grandes, las que superen los 50, se limitará al 20% de la plantilla, pero con un máximo de treinta contratos, según establece el texto que pasó por consulta y audiencia pública en 2023, por lo que se aprueba con mucho retraso.
No obstante, los trabajadores con discapacidad no computarán y quedan excluidos de estos límites. «Para determinar la plantilla de trabajadores no se computarán las personas vinculadas con un contrato formativo» pero «cada persona con un contrato a tiempo parcial o de duración determinada computará como un trabajador más», explica el reglamento.
«Con este nuevo real decreto vamos a garantizar contratos formativos que dispongan efectivamente de derechos laborales plenos, con relación a la retribución, al salario mínimo y a la jornada laboral», aseguró la ministra de Trabajo, que no tendrá que defender estos cambios en el Congreso, puesto que, al ser un desarrollo reglamentario, no es necesario el aval del Parlamento, por lo que se asegura así su puesta en marcha en un momento delicado de la legislatura.
Escasa utilización
Pese a los cambios que introdujo la reforma laboral, que simplificó y redujo a dos los tipos de contratos en formación, en España apenas se utilizan y y en 2024 ni siquiera llegaron a 100.000. Díaz culpa de esta escaso protagonismo al uso fraudulento que se hace de los falsos becarios, con 1,7 millones de «mal llamados» becarios, el 22% de ellos mayores de 30 años, frente a los sólo 54.987 contratos formativo. «Las mal llamadas becarias y becarios son una auténtica coladera para eludir derechos y salarios, que es justamente lo que no quiere la reforma laboral, el artículo 11, que tanto trabajo y con tanto mimo hemos hecho entre agentes sociales y también entre muchas formaciones políticas de este país. Por tanto, se acabó», avisó.
La reforma laboral, que entró en vigor en 2022, reestructuró los contratos de formación y los simplificó en dos: el contrato de formación en alternancia, que es el modelo ideado para compatibilizar la actividad laboral retribuida con los estudios; y el contrato para la obtención de la práctica profesional, que se dirige a quienes tengan título universitario o FP y necesiten adquirir experiencia en su ámbito. Los dos están dirigidos a jóvenes de hasta 30 años.
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