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Las hijas de Isidoro Alvarez, Cristina y Marta Alvarez (segunda y cuarta por la izquierda) a su llegada al funeral del que fuera presidente de El Corte Inglés I. Martínez
Las hermanas Álvarez, «herederas universales» del exjefe de El Corte Inglés

Las hermanas Álvarez, «herederas universales» del exjefe de El Corte Inglés

La justicia rechaza la demanda de la familia del anterior presidente contra su adopción, por «carecer de derechos sucesorios» directos

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Miércoles, 26 de junio 2019, 18:26

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Importante victoria judicial de Marta Álvarez casi a punto de asumir la presidencia no ejecutiva de El Corte Inglés, dejando la dirección en manos de dos consejeros delegados, Nuño de la Rosa y Víctor del Pozo. El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid ha rechazado la demanda de la madre del anterior responsable del grupo, Dimas Gimeno, contra su adopción y la de su hermana Cristina por Isidoro Álvarez, líder histórico de la compañía.

La magistrada María Dolores Fernández ha emitido su fallo sin ni siquiera llegar a celebrar una vista oral. El motivo es que, una vez oídos los motivos de ambas partes, ha considerada ajustada a derecho la «sucesión testada» en la que el empresario -quien estuvo al frente de El Corte Inglés desde la muerte del fundador Ramón Areces en 1989 hasta la suya en 2014- «instituyó como herederas universales» a sus dos hijas adoptivas.

En aquel acto notarial Isidoro Álvarez también legó una serie de bienes a su hermana María Antonia, madre de Dimas Gimeno, por lo que la juez entiende que «la voluntad del testador excluiría otros posibles derechos de la demandante». Por eso considera que carece de facultades como heredera forzosa y «no es posible modificar la (parte) legítima» ya acordada.

Por lo tanto, sin abundar en detalles sobre el proceso de adopción, la magistrada estima que «no existe ningún interés legítimo del que sea titular la demandante que justifique su capacidad para ser parte procesal». Esta decisión deja sin efecto su demanda civil, que queda así desestimada porque María Antonia Álvarez «ni es titular de la relación jurídica que es cuestionada -no fue ella quien adoptó-, ni ostenta interés legítimo que pueda ser objeto de protección».

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