La Justicia avala la expulsión de la socialista Elisa Garrido del pleno sobre el Hospital de Calahorra
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo considera que no se vulneró el derecho de participación política de la concejala al haber seguido la alcaldesa el Reglamento de las Entidades Locales
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño ha dictado una sentencia desestimando el recurso presentado por la portavoz del grupo municipal del PSOE, Elisa Garrido, contra el Ayuntamiento de Calahorra y la alcaldesa de la ciudad, Mónica Arceiz, por ser expulsada del pleno extraordinario celebrado el 25 de febrero de 2025, en el que se trataba la situación del Hospital de Calahorra.
El tribunal, como informa el Ayuntamiento en una nota de prensa, considera «que no se vulneró el derecho fundamental de participación política» como denunció Garrido, ya que la expulsión de la concejala socialista «se realizó conforme al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales»,
Previamente, a expulsarla del salón de plenos, la alcaldesa de Calahorra le había realizado tres llamadas al orden con «el fin de mantener el orden institucional en la sesión plenaria». Así, como indica el Ayuntamiento, las «llamadas al orden fueron ignoradas por la portavoz del grupo municipal del PSOE y la alcaldesa cumpliendo el Reglamento que rige los plenos la expulsó del salón de plenos». Elisa Garrido abandonó su asiento, pero no el salón de plenos, siguiendo la sesión desde los asientos reservados para el público.
La sentencia impone a la actora el pago de las costas con un límite de 600 euros. Por otra parte, cabe recurso de apelación ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de La Rioja.