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La juez rechaza que Martínez Sanjuán cobre otros 73.000 euros por su cese al frente de la SIEP
la rioja

La juez rechaza que Martínez Sanjuán cobre otros 73.000 euros por su cese al frente de la SIEP

La magistrada recuerda al exdiputado socialista que no es «éticamente asumible» que frente a los «recortes» persistan contratos de alta dirección como el suyo

CARMEN NEVOT

Martes, 29 de enero 2013, 17:21

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El exdiputado nacional socialista Ángel Martínez Sanjuán no ha obtenido de la Justicia la respuesta esperada a su pretensión de cobrar una indemnización de más de 73.000 euros tras su cese como presidente de la Sociedad Estatal de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios (SIEP). El Juzgado de Primera Instancia número 20 de Madrid no sólo ha desestimado su demanda, sino que en el fallo recuerda al político riojano que «en modo alguno» es «éticamente asumible que frente a recortes en todas las áreas, bajadas de sueldos... se sigan manteniendo contratos de alta dirección con un salario como el recogido en el contrato que nos ocupa».

El fallo judicial pone fin, al menos provisionalmente cabe recurso de apelación, a la demanda planteada por el también exsecretario general del PSOE de La Rioja de 1981 al año 2000. Reclamaba que se planteara cuestión de inconstitucionalidad en relación con la disposición adicional por la que se habían regido para calcular la indemnización consecuencia de su cese, en concreto la octava del Real Decreto Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, aprobada el 10 de febrero del pasado año, días antes de que le fuera notificado el fin de la relación contractual.

Una vez estimado el recurso por el Tribunal Constitucional, solicitaba que se dictara una sentencia condenando a la SIEP a pagarle 73.529,41 euros, es decir, la cantidad resultante de restar lo que realmente le habían abonado (13.966,65 euros) de lo que según él le correspondía, 87.496,06 euros.

Martínez Sanjuán esgrimió ante la justicia que la citada disposición es inconstitucional por arbitraria «al discriminar los contratos de alta dirección en el ámbito de las administraciones públicas de los contratos de alta dirección en la empresa privada». Entre otras tesis, expuso que «vulneraba» los derechos individuales consolidados con carácter retroactivo.

Unos argumentos que la juez rechaza, máxime «en la especial situación de crisis económica como la presente» en la que, señala, «debe exigirse de las administraciones públicas una especial austeridad y esa es precisamente la finalidad que tiene la disposición» cuya inconstitucionalidad perseguía Martínez Sanjuán. La magistrada abunda más en la cuestión y sostiene que no es ética una indemnización en los mismos términos en los que se hubiera recibido en la empresa privada puesto que la administración pública «ha de cumplir una finalidad, la obtención del bien común, que veda el mantenimiento de derechos privativos frente a intereses generales como es el recorte del déficit público».

Ángel Martínez Sanjuán, que ha rehusado hacer declaraciones a este diario, asumió la presidencia de la SIEP en el 2008, cuando firmó un contrato de duración indefinida con una retribución anual de 127.702 euros. El 21 de febrero del 2012, la junta de la sociedad pública acordó el cese del político y se le comunicó la decisión. En abril la demandada le indemnizó con 8.911,78 euros correspondientes a siete días por año trabajado, los establecidos en el Real Decreto publicado un mes antes, más 5.054, 87 euros por el incumplimiento de los 15 días de preaviso.

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