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Sorteo realizado en el pleno para designar la composición de las mesas electorales. Justo Rodriguez
10N: Mesas electorales de Logroño

¿Te ha tocado mesa electoral en Logroño?

En total se ha nombrado a 1.647 personas, de entre la totalidad de las censadas, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años

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Viernes, 18 de octubre 2019

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El 10 de noviembre los ciudadanos tenemos una cita con las urnas. Además, algunos de ellos deberán cumplir el deber democrático de formar parte de las mesas electorales.

Este viernes, a las 9.30 horas en el salón de plenos del Ayuntamiento de Logroño, se ha celebrado el sorteo público para la formación de las mesas electorales que han de constituirse para los comicios del domingo 10 de noviembre. En total se ha nombrado a 1.647 personas, de entre la totalidad de las censadas, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años.

En total, 111.987 personas podrán ejercer su derecho a voto en Logroño en estas elecciones. Hay 611 nuevos electores respecto a las elecciones de mayo.

Composición y funciones

Se elige un presidente y dos vocales por cada mesa, más dos suplentes para cada cargo. A la Mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votación, controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio.

A la Mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votación, controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio.

Las designaciones comenzarán a notificarse de inmediato por el personal acreditado del Ayuntamiento. La condición de miembro de la Mesa Electoral tiene carácter obligatorio, si bien a partir de los sesenta y cinco años de edad se puede manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

Quienes tuvieran excusa, justificada documentalmente, que impidiera la aceptación del cargo, dispondrán de siete días para presentar la correspondiente alegación ante la Junta Electoral de Zona de Logroño, sita en la calle Marqués de Murrieta, Palacio de Justicia.

En el supuesto de que los obligados dejen de concurrir a desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso que impone la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, incurrirán en pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

Por otra parte, aunque el plazo para presentar reclamaciones sobre los datos censales se acabó el pasado 7 de octubre, el Ayuntamiento de Logroño continúa atendiendo todas las consultas que realicen los electores relativas a sus datos, la ubicación del Colegio Electoral y la Mesa en la que pueden ejercer su derecho al voto en las elecciones.

Presidentes y vocales

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