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Sonia Tercero
Normas y restricciones por el coronavirus en La Rioja: reuniones de no más de 6 personas y se recomienda limitar la movilidad fuera del municipio

Las restricciones de La Rioja, una a una

Las medidas se aprobaron el pasado día 16 con una duración de una semana, que finalmente se ha ampliado hasta el 8 de octubre

Inés Martínez

Logroño

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Miércoles, 16 de septiembre 2020

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Las restricciones aprobadas el pasado 16 de septiembre y que debían estar activas hata hoy se amplían hasta el 8 de octubre ante el avance de la pandemia en La Rioja.

Entre esas medidas, se limita transitoriamente el número de personas que pueden estar reunidas en espacios públicos o privados y participar en otras actividades. Además, destaca la prohibición de la venta de alcohol a partir de las diez de la noce y las recomendaciones de movilidad a la población.

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    Prohibiciones y restricciones

Reuniones sociales

Se limita a 6 el número de personas que pueden estar reunidas tanto en espacios públicos como privados.

Igualmente en bares, cafeterías y restauración en general se deberá garantizar una distancia mínima de 1,5 metros con un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.

En aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos, se limitará la asistencia a grupos de 6 personas, incluido el monitor guía. Se deben establecer las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

Ejercicio físico

Se podrá realizar en grupos de 6 personas máximo y siempre se deberá guardar una distancia de 1,5 metros como mínimo, a no ser que se trate de convivientes. Igualmente y como novedad, es obligatorio el uso de mascarillas.

Otras actividades

- Cinegética y pesca: tampoco se podrá realizar en grupos de más de 6 personas

- Turismo activo y de naturaleza, centros de interpretación y similares: los grupos serán de un máximo 6 personas y se deberá reservar cita previa

- Actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil: Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 6 personas, incluido el monitor. Las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos. Hay excepciones: Estos límites no se aplicarán a personas convivientes y no afectarán a las excepciones que se especifican en el Acuerdo de Gobierno de 1 de septiembre de 2020, modificadas por otro de 7 de septiembre.

Venta de alcohol

Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas, en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con que operen, excepto en hostelería, bares, cafeterías, restaurantes, casinos de juego y salas de bingo.

De igual modo se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.

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    Recomendaciones

Recomendaciones sobre movilidad

- Se recomienda la limitación a la ciudadanía riojana, todo lo posible, de la libre circulación fuera de su respectivo municipio, salvo que tengan que desplazarse por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y centros de enseñanza obligatoria.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.

c) Retorno al lugar de residencia habitual.

d) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

e) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

f) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Recomendaciones para personas vulnerables

- Se recomienda a las personas que padezcan síntomas compatibles con la COVID-19, la permanencia en sus domicilios y contactar telefónicamente con los servicios de salud.

- Se recomienda a las personas mayores o personas con condiciones crónicas con un riesgo adicional de padecer formas graves de COVID-19, la permanencia en el domicilio mientras dure la situación epidemiológica adversa.

- Se recomienda establecer servicios de envío a domicilio u horarios de atención prioritaria a ciertos grupos de edad o personas con determinadas condiciones crónicas de salud, especialmente supermercados y farmacias.

Recomendaciones sociales y laborales

- Se recomienda limitar el número de contactos al mínimo posible, preferiblemente a los grupos de convivencia habitual.

- Se recomienda optar por la opción del teletrabajo, siempre que esté disponible y compatible con el buen funcionamiento de las 0rganizaciones.

- Igualmente, se recomienda a la población que no realice actividades y desplazamientos que no sean imprescindibles.

Ante preguntas de los periodistas sobre viajes vacacionales fuera de la comunidad autónoma, Andreu ha recordado que la limitación de movilidad «es una recomendación, no una prohibición».

VIGENCIA DEL ACUERDO

El acuerdo surtirá efectos desde este jueves, fecha en la que se ha publicado en el BOR, y estará vigente hasta las 24:00 horas del día 23 de septiembre. Estas medidas serán prorrogable en función de la evolución de la situación epidemiológica de la Región, por acuerdo motivado del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Salud.

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