Yo os declaro padre e hija
La Audiencia Provincial de La Rioja proclama a un hombre padre de una mujer de 53 años pese a que se negó «injustificadamente» a hacerse el test de paternidad
Han transcurrido 53 años desde que, pongamos Damián –es un nombre ficticio– mantuvo una relación sentimental con Daniela –tampoco es su nombre real– y fruto ... del noviazgo nació Martina. Era 1972 y para entonces la pareja, los dos eran originarios de un pueblo de León, ya se habían trasladado a Bilbao. Primero se fue ella a trabajar como administrativa y pocos meses después, se mudó él y, aunque no convivían, sí alquiló un piso próximo al de su novia.
Damián que, según la versión de Martina, no aceptó el embarazo, empezó a viajar por La Rioja por motivos laborales, poco a poco la pareja se fue distanciando y tras una fuerte discusión, él abandonó Bilbao y se afincó definitivamente en La Rioja.
Transcurrieron los años y la hija, fruto de la relación sentimental de Damián y Daniela, se trasladó a Italia. El verano de 1994, con 22 años, lo pasó en España y durante su estancia aprovechó para buscar a su padre en la guía telefónica y obtener su número. En septiembre de ese mismo año contactó con él, le dijo que era su padre, y, siempre según la versión de la hija, el hombre reaccionó de manera positiva. Nunca lo negó. A partir de ese momento, cada mes o mes y medio se llamaban por teléfono. Ella seguía viviendo en Italia y las comunicaciones no eran tan frecuentes como hubiera querido por el «alto precio que tenían las llamadas internacionales en aquella época».
Tras siete meses de conversaciones, se produjo el primer encuentro. El 17 de abril de 1995 se reunieron en un pueblo de León. Primero tomaron café y luego se trasladaron a Astorga donde aprovecharon para comer en el restaurante La Peseta. Pocos meses después, Martina acabó sus estudios universitarios y regresó a casa de sus abuelos. Por entonces era frecuente que quedara con Damián. Se veían en el pueblo, en Burgos y en Bilbao.... En 2002 la relación se cortó repentinamente.
En el verano de 1994, la hija, con 22 años, encontró el número de su progenitor en la guía telefónica, le llamó y le dijo: «Eres mi padre»
Años más tarde, en torno a 2021, Martina volvió a localizar a Damián a través de un correo electrónico que encontró en Internet. Él seguía residiendo en La Rioja y ella le felicitó por un libro que acababa de escribir. En el e-mail le daba la enhorabuena pues «se trataba de una historia realmente emocionante», le dijo. Él le contestó dándole las gracias, se alegraba de que le hubiera gustado y «eso probaba su superior inteligencia».
Poco después, ella interpuso una demanda de filiación para que se reconociera legalmente que Damián es su padre. Él no negó el noviazgo con Daniela, pero sí dijo que en el momento de la concepción (noviembre de 1971) no tenían una relación afectiva. También alegó que ese año trabajaba en Logroño, aunque no lo demostró. No negó el cruce de correos con Martina y se limitó a decir que en ellos no aparecen expresiones como padre o hija. De las comidas que habían compartido tras ese primer encuentro en abril de 1995, reconoció que la había invitado, «pero como invitaba a comer a muchas personas».
Damián también rechazó someterse a la prueba de paternidad alegando que no deseaba que sus datos íntimos y privados estuvieran circulando por los juzgados y al alcance de otras personas.
Para la Audiencia Provincial de La Rioja, órgano al que recurrió Damián después de que el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Logroño concluyera que era el padre biológico de Daniela, los motivos que alegó para no someterse a la prueba «no están en absoluto justificados. Sólo estaría justificada la negativa si como consecuencia de la prueba se pudiera producir un quebranto grave a su salud».
Por tanto, dada la ambigüedad de la contestación de Damián, que además se contradijo en el juicio, visto que «podemos aceptar» que hubo una relación entre Daniela y Damián, que no se pudo demostrar que finalizó antes de la concepción y que Martina, tras localizarle, mantuvo cierta relación con su padre, los magistrados entienden que «existían elementos de juicio suficientes para que se sometiera a la prueba». La negativa «injustificada» y el resto de «elementos de convicción «nos llevan a confirmar plenamente la sentencia estimatoria de la demanda», es decir, a declarar que Damián es padre de Daniela, una mujer que ahora tiene 53 años.
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