El tribunal deja libre al fiscalista condenado a 80 años en la causa de Imanol Arias y Ana Duato
La Sala le impone medidas cautelares en contra del criterio de la Fiscalía, que pedía su entrada en prisión mientras se tramitan los recursos contra la sentencia
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dejado en libertad provisional al cerebro del 'caso Nummaria', Fernando Peña, condenado a 80 ... años de cárcel por los delitos fiscales cometidos a través del despacho del mismo nombre y por el que fueron juzgados los actores Imanol Arias (castigado a dos años y dos meses de cárcel por estos hechos) y Ana Duato, que ha resultado absuelta.
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En un auto, el tribunal juzgador obliga a Peña a comparecer los días 5 y 20 de cada mes en el órgano más cercano a su domicilio, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España. Esta decisión llega después de que este mismo jueves se haya celebrado la vistilla prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que la Fiscalía Anticorrupción ha pedido su ingreso en prisión, rechazada ahora por la Sala mientras se tramitan los recursos de las defensas contra la sentencia.
En su resolución, los magistrados explican que Peña canalizó los ingresos de su actividad laboral, que realizaba personalmente, a través de un grupo de sociedades, si bien la única finalidad de esta estructura era la de evitar la tributación de los ingresos generados por su actividad profesional y mantener oculto el patrimonio acumulado de los beneficios que ésta le generaba.
La Sala examina los importes de las declaraciones de IVA e IRPF presentados por Peña y considera que «resultan incongruentes con la verdadera dimensión de la actividad profesional de asesor fiscal en el despacho Nummaria que oculta tras la estructura de sociedades citadas anteriormente; incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad Suiza U.B.S de 1.250.000 euros anuales y, también, resulta incongruente con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero».
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En concreto, indica la sentencia, con el uso de dicha estructura, Fernando Peña ha eludido sus obligaciones tributarias tanto en el IRPF como en el IVA. Las cuotas tributarias eludidas por Fernando Peña en los años 2010 a 2015 son en el IRPF cercanas a los diez millones de euros y de casi seis millones en el IVA.
Protagonista
La Sala destaca, además, que con sus actuaciones Peña fue más allá del riesgo permitido ya que no solo realizó recomendaciones o consejos a sus clientes para conseguir una disminución de las cantidades a pagar en concepto de impuestos, sino que «también participa activamente en la aportación del entramado societario para la maquinación fraudulenta, dado que el señor Peña tiene el control de dicho entramado» y, en definitiva, según términos usados por el Tribunal Supremo, este acusado adquiere «auténtico protagonismo en los episodios clave» de la maquinación fraudulenta.
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La Audiencia Nacional le condena a 32 años de cárcel por los delitos tributarios cometidos por su propia actuación de defraudación, así como por estafa procesal, falsedad en documento mercantil, insolvencia punible o frustración de la ejecución, mientras que le impone otros 48 años como cooperador necesario de los delitos contra la Hacienda pública cometidos por los otros condenados.
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