Una mujer se quita la mascarilla. / R.C.

¿Sin mascarilla en el trabajo? ¿Los servicios de prevención tienen la última palabra?

A partir del 20 de abril no será obligatorio llevar la mascarilla en el trabajo, pero el Gobierno no aclara si los servicios de prevención pueden o no obligar a protegerse en determinados puestos

LA RIOJA

Jueves, 7 de abril 2022, 13:55

Después de dos años, las mascarillas dejan de ser obligatorias en interiores excepto en algunos supuestos, como en zonas comunes de los hospitales y centros sociosanitarios y en los transportes públicos. Los españoles diremos adiós a las mascarillas dentro de los lugares públicos... pero, ¿y en el trabajo?

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Tal y como ha confirmado el Gobierno de España, se eliminará la obligatoriedad de su uso, por ejemplo, en centros escolares, bares y restaurantes, centros comerciales, tiendas o puestos de trabajo. Esta última es una de las decisiones más esperadas por millones de empleados, que no pueden retirarse el protector durante horas. La pregunta es obvia: ¿Se aplicará la medida en todos los puestos de trabajo?

Si atendemos a lo que dice el borrador del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la mascarilla dejará de ser obligatoria con carácter general en cualquier empresa, pero se abre una vía para cada compañía valore si es oportuno «recomendar» a sus trabajadores que sigan llevándola. Por tanto, las empresas deberán acogerse a las recomendaciones de los servicios de prevención de riesgos laborales, que analizarán si conviene mantener el uso de la mascarilla según el riesgo de cada puesto de trabajo.

Darias dejó dudas al asegurar que serán los departamentos de prevención de cada lugar de trabajo «los que establezcan cómo ha de ser su uso», pero no aclaró si podrán o no obligar a los empleados a utilizar esta protección. Por tanto, a muchos trabajadores les surge la duda de si su empresa le puede «obligar» a llevarlas sí o sí como pueden obligarte a adoptar otras medidas de seguridad en determinados supuestos.

El Gobierno de La Rioja confirma que «el decreto retira la obligatoriedad, así que ya es cada empresa la que decide, como en lo referente a cualquier otra medida interna».

En teoría, los servicios de prevención deberán valorar si entre los trabajadores hay más de 1,5 metros de distancia, si la oficina tiene buena ventilación. Por tanto, habrá que esperar a lo que el BOE publique tras la aprobación de la medida, que se producirá en el Consejo de Ministros del próximo día 19 de abril.

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