La junta directiva de la Riojana propone el 26 de julio para la elección de presidente
La Dirección General de Deportes podría notificar hoy mismo el nuevo calendario para conocer al sustituto de Jacinto Alonso antes de fin de mes
Continúa el culebrón de la elección a la presidencia de la Federación Riojana de Fútbol. Las noticias se suceden con cuentagotas y no está claro ... todavía si hay una fecha definitiva para celebrar la asamblea general y elegir al nuevo presidente que sustituirá en el sillón a Jacinto Alonso.
Lo que sí se sabe ya es que la junta directiva de la Federación Riojana de Fútbol ha movido ficha después de que la semana pasada celebrase una reunión de la junta directiva que no tuvo contenido formal. Y es que el martes 24 de junio, el día anterior a su celebración, el Tribunal del Deporte emitió una resolución que obligaba a elegir presidente antes del 1 de julio. Sin embargo, la junta directiva no se dio por enterada porque por cuestiones de plazos administrativos y días de reunión, la notificación oficial de la junta electoral no le llegó hasta ese mismo miércoles por la tarde según ha podido saber Diario LA RIOJA.
Ante este escenario, la junta directiva de la Federación ha remitido una propuesta de calendario electoral a la Dirección General de Deportes del Gobierno de La Rioja, encargada de tutelar el proceso plebiscitario.
No se ha vuelto a reunir físicamente la junta directiva pero desde el ente federativo se ha enviado una propuesta de calendario. El escrito se remitió a última hora del viernes, vía plataforma oficial, a la instancia general del Gobierno de La Rioja, y desde allí llegó este lunes a la Dirección General de Deportes.
De esta manera, además de cumplir con lo exigido por la junta electoral, los miembros de la junta directiva evitan el poder ser acusados de prevaricación y posteriormente ser sancionados con algún tipo de inhabilitación.
El siguiente paso es esperar a que la propuesta reciba el visto bueno del gobierno regional o no. En caso afirmativo, que podría ser hoy mismo, se traslada el calendario aprobado tanto a la junta electoral como al Tribunal del Deporte de La Rioja.
Y el siguiente paso le corresponde a la Federación Riojana que da traslado del nuevo calendario a los asambleístas llamados a elegir presidente.
Argumentación convincente
El hecho de que la fecha elegida por la junta directiva sea el 26 de julio y no el 1, como resolvió el martes pasado el Tribunal del Deporte, o el sábado 19 de julio, por ejemplo, es importante. El escrito remitido por la junta directiva deberá argumentar convenientemente el motivo de elección de esa fecha. De no ser así, se podría dar la situación de que sea de nuevo el Tribunal del Deporte que elija la fecha de la votación de manera unilateral.
En cuanto se apruebe el calendario electoral hay algunos pasos previos que son necesarios para llegar al 26 con los deberes hechos. La primera y más importante es la publicación definitiva de la relación de candidatos a presidente de la Federación Riojana de Fútbol.
Este paso previo a la asamblea no se había realizado todavía porque se estaba pendiente del recurso interpuesto por Gustavo Sáenz ante el Tribunal del Deporte de La Rioja contra la resolución de fecha 2 de abril de 2025 dictada por la junta electoral. Ese mismo día, en una segunda resolución, la junta electoral suspendía la proclamación de candidaturas a la presidencia.
Una vez que el recurso de Gustavo Sáenz fue admitido por el Tribunal del Deporte parece que finalmente serán dos los candidatos: Gustavo Sáenz y Jesús Alonso.
Solo se puede delegar el voto en el estamento de clubes
Si finalmente se vota el día 26 el principal problema para ambas listas es la posibilidad de que algunos integrantes de su papeleta se encuentren de vacaciones y no puedan acudir a votar. Por este motivo se repite la misma pregunta: ¿se puede delegar el voto de la asamblea?El reglamento electoral es claro. «Para la elección de Presidente no se admitirá el voto por correo ni por delegación. En el caso de las Entidades Deportivas el ejercicio del derecho de voto corresponderá a su representante en la Asamblea». Es decir, notificándolo con el plazo correspondiente, los clubes que estén representados en la asamblea y lo deseen pueden cambiar la persona que les represente en la asamblea porque la plaza corresponde al club y no a la personas que lo representa. En el resto de estamentos no cabe delegación de voto.
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