Los viticultores ya pueden alegar si discrepan con la reducción de rendimientos
El Consejo habilita una plataforma, de momento para Rioja Oriental, a la espera de que el martes 19 de agosto se aprueben las nuevas producciones en La Rioja Alta y Alavesa
Los viticultures, por el momento de Rioja Oriental, que consideran que tienen más rendimientos de producción que los asignados a su municipio tras el acuerdo del pleno del pasado 31 de julio del Consejo Regulador pueden formular sus alegaciones o discrepancias a través de una plataforma que ya está operativa.
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En concreto, hay que acceder a la dirección web https://produccion.riojawine.com/login con los 9 caracteres del NIF y los 4 primeros dígitos de la tarjeta de viticultor: «Conviene, una vez se ha accedido a la aplicación, pulsar simultáneamente las teclas 'CTRL' y 'F5', para cargar la información actualizada correspondiente a 2025», explica el Consejo Regulador.
En el próximo pleno del Consejo, cuya fecha barajada es el próximo martes 19 de agosto, se aprobarán los rendimientos de producción reducidos para las zonas de La Rioja Alta y Alavesa, afectados igualmente por una importante reducción de cosecha a consecuencia del pedrisco y del mildiu.
Las claves
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La plataforma. en esta dirección,, con los 9 caracteres del NIF y los 4 primeros dígitos de la tarjeta de viticultor.
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Discrepancia. Para quienes crean que tienen más producción en sus viñedos que la asignada por municipios por el Consejo tras constatar la merma de cosecha por piedra y mildiu.
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El plazo. Con al menos 15 días antes de vendimia. Los veedores visitarán el viñedo o, si no se hace nada, el silencio administrativo será positivo.
La reducción de rendimientos se aplica exclusivamente a los viñedos de uva tinta –en caso de que un viñedo tenga tinta y blanca, en la plataforma aparece solo la superficie correspondiente al porcentaje de tinta-. La fecha límite para solicitar la revisión de los viñedos ubicados en Rioja Oriental es el 2 de septiembre, siempre con una antelación mínima de 15 días a su vendimia y cumpliendo con el máximo amparable establecido en las normas de campaña, esto es 5.850 kilos por hectárea (90%). Si pasados 15 días desde que se formaliza la solicitud la revisión no se produce, el silencio administrativo será positivo y automático para el solicitante, dando conformidad a lo que solicita, informa el Consejo Regulador.
Al realizar una solicitud, el estado del trámite quedará en pendiente, con las siguientes opciones:
- Aceptado parcialmente: se resuelve un rendimiento inferior al solicitado, que estará comprendiendo entre la producción asignada al término municipal y el máximo de 5.850 kg/ha, y se adjuntará un informe justificativo.
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- Aceptado: se resuelve conforme a la solicitud del titular.
- Rechazado: se resuelve que la solicitud no es conforme y se mantiene el rendimiento asignado del municipio. Se adjuntará también un informe justificativo.
- Rechazado: como resultado de la inspección del Órgano de Control, se resuelve que su solicitud es 'no conforme' y, además, en virtud de la tasación, se le asigna un rendimiento menor al del término municipal, adjuntando un informe justificativo.
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- Exceso de producción: se resuelve que su solicitud es 'no conforme y, fruto de la tasación del viñedo, se estima que el amparo al registro afectado por tener exceso de producción no procede. Este caso llevará otro procedimiento fuera de este aplicativo.
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