Eduardo Antonio Ortega Noguero
El letrado se ha doctorado en la UNAV con una tesis sobre «las grandes desconocidas» en el Derecho Mercantil
El pasado junio, el abogado riojano Eduardo Antonio Ortega Noguero defendió en la Universidad de Navarra su tesis doctoral 'La sociedad irregular: aspectos de Derecho ... Administrativo, Tributario y Procesal'. El tribunal valoró con sobresaliente 'cum laude', la máxima calificación posible, un trabajo de diez años que arroja luz sobre una figura importantísima en la economía española pero muy poco estudiada. «No hay un día en que no interactuemos con una sociedad irregular: negocios, hostelería, comercios, gimnasios, despachos profesionales...», explica el ya doctor.
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– Explique qué es una sociedad irregular.
– Es una sociedad que tiene como objeto una actividad mercantil, y se presenta como tal, pero no está inscrita en el Registro Mercantil ni tiene intención. Es el contrapunto a las regulares (sociedades limitadas, anónimas...) que tienen, entre otras, la obligación de publicidad. Es la gran desconocida.
«Si no se conoce su existencia, mucho menos su funcionamiento y efectos»
– ¿Cuántas sociedades irregulares existen?
– No hay estudios. Pero, por ejemplo, según el INE, de las más de 108.000 comunidades de bienes que existen, más de 53.000 tenían asalariados (casi siempre uno o dos pero hay casos de más de 20 o de 250). Y cabe pensar que la inmensa mayoría son verdaderas sociedades irregulares que desarrollan una actividad mercantil.
– ¿Son tan comunes?
– No hay un día en que no interactuemos con una sociedad irregular: negocios, hostelería, comercios, gimnasios, despachos profesionales... Es la gran desconocida pero está a la orden del día. Por ejemplo, es fácil fijarse en un ticket: el NIF de las sociedades irregulares suele casi siempre empezar por una J.
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– ¿Conocen los ciudadanos este tipo de sociedades?
– He investigado años y no es nada habitual que se conozcan. Incluso las personas que forman parte de ellas. Si no se conoce su existencia, mucho menos su funcionamiento y efectos. Incluso en las facultades apenas se habla de ellas.
– ¿Qué tipo de efectos?
– Por ejemplo, una sociedad irregular puede entrar en concurso de acreedores, o no atender pagos, o que se le reclame por cualquier motivo y quizá no tenga bienes. El problema es que la responsabilidad se traslada a sus socios. Todos los socios responden entre sí y para con la sociedad. Y hay muchos más. Imagínese un caso: una clínica que prescribe unos tratamientos y produce daños en el paciente. Hay una responsabilidad profesional del facultativo, pero si está en una clínica que es una sociedad irregular, los socios pueden acabar respondiendo solidariamente o incluso pagarla en su totalidad. Aunque los problemas más habituales suelen ser impagos, problemas de suministro, incumplimiento de obligaciones...
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– ¿Están sometidas al Impuesto de Sociedades?
– Hacienda dice que no, pero la ley tributaria que sí. No se explica por qué no están regidas por ese impuesto, para lo bueno y para lo malo. Choca que las podamos considerar como persona jurídica pero no entren en el impuesto de sociedades. Y eso abre una vía a un efecto pernicioso: la defraudación.
– ¿Se pueden emplear para defraudar?
– Es el día a día. No todas las sociedades irregulares defraudan, ni mucho menos, si bien es uno de los vehículos más utilizados para ello. El caso más conocido fue el del traspaso de Neymar. Sus derechos de traspaso se canalizaban entre otras por sociedades irregulares desde Brasil que se convertían en destinos vehiculares de patrimonio fuera de toda legislación. Puede ser un vehículo para evitar los controles que evitan el fraude y la corrupción. Por ejemplo, si existe un pacto privado entre dos personas el resto no lo puede fiscalizar. Las regulares deben hacer público los titulares, las contabilidades... Pero las irregulares, no.
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– En el caso de Santos Cerdán se encontró un documento de compraventa entre particulares de una empresa investigada.
– Sin entrar en casos particulares, un político que está sujeto a unos criterios de transparencia en sus declaraciones tiene a voluntad hacer público esos documentos, que no deberían evadirse. Un contrato privado, por ejemplo, se escapa a los controles porque no se lleva a notario ni se registra.
– ¿Habría que legislar más?
– Lo primero es darlas más a conocer. Una persona se convierte en empresario por participar en una sociedad irregular. Cuando me asocio a otro, se me aplican las reglas de una sociedad general y sus efectos son desconocidos pese a estar vigentes en el Código de Comercio. Habría que hacer una labor divulgativa. Cuando las cosas se tuercen, una sociedad bien conformada tiene una forma de proceder y de proteger a sus socios, lo que no ocurre en las irregulares. En la vida real, se suceden los casos en que estos problemas arruinan a familias enteras.
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