El juicio sobre el hombre que creó un perfil falso a su expareja, resuelto de conformidad
Al acusado, que ha reconocido los hechos, se le han impuesto trabajos en beneficio de la comunidad, una multa de 630 euros y una orden de alejamiento de la víctima
El hombre acusado de crear un perfil falso de Facebook a su expareja y facilitar su contacto personal a empresas financieras ha sido condenado por el delito de acoso con 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de acercarse a menos de 150 metros y de comunicarse por cualquier medio con la víctima durante 1 año. Además, por el delito de descubrimiento y revelación de secretos, se le impone 630 euros de multa y la misma prohibición. El jucio, para el cual la Fiscalía dos años y tres meses, ha sido resuelto de conformidad entre las partes, y se ha ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas por el retraso en la celebración del proceso cuyos hechos se remontan a 2018.
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De acuerdo con el escrito de la acusación, el acusado, J.E.A., que se encontraba en trámites de divorcio de su mujer, M.S.D., «abrió sin el conocimiento ni la autorización de ella un perfil en la red social Facebook». En este perfil, como prosigue el escrito del fiscal, figuraba tanto el nombre completo de la víctima como una fotografía suya «de cuerpo entero a la que, previamente, solo tenía acceso el acusado en el teléfono móvil de él». Además, indicaba que vivía en Logroño, su lugar de trabajo y que tenía una relación abierta.
Al conocer esta situación, la víctima «contactó apresuradamente con su letrada para informarle de ello». Su abogada «telefoneó a la del acusado, resultando que, instantes después de todo ello, el acusado hizo desaparecer la página referida».
Acto seguido, continúa el escrito de la Fiscalía, «después de que el acusado contactara con varias empresas financieras facilitando el número de teléfono de M.S.D. y en algún caso su nombre y apellidos, la víctima recibió en su teléfono y procedentes de esas empresas al menos cinco llamadas telefónicas en las que quienes llamaban preguntaban por el acusado». Incluso, añade, «en una ocasión, el interlocutor preguntó por ella misma, manifestándole que había solicitado una tarjeta de crédito, cuando, en realidad, dicha solicitud la había cursado el acusado facilitando la filiación de M.S.D.». La acusación reseña que, con estas acciones, «el acusado ha menoscabado de forma evidente el sosiego en el desarrollo de las actividades cotidianas de ella».
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