El exalcalde de Viguera Francisco Jalón es absuelto de malversación y prevaricación
«Por fin se ha hecho justicia, pero nadie me va a resarcir de los diez años de juicios tras todas las denuncias falsas», dice el regidor de la localidad entre 2011 y 2015
El exalcalde de Viguera Francisco Jalón González (PR: 2011-2015) ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Logroño de las acusaciones de malversación por ... parte de Fiscalía y otro exalcalde, Aitor Santibáñez (PP: 2015-2019), por lo que fue juzgado el 1 de octubre de 2024. El juez ha sentenciado que «no se ha acreditado que haya cometido» prevaricación administrativa, por tanto, que «el acusado no ha incurrido en la conducta delictiva que se le atribuye».
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Francisco Jalón ha declarado a Diario La Rioja que «por fin se ha hecho justicia, pero nadie me va a resarcir de los diez años de juicios tras todas las denuncias falsas. En cuanto a la inhabilitación, yo me inhabilito solo. La política actual ni compensa ni me gusta». Y es que anteriormente Jalón fue condenado a siete años de inhabilitación por prevaricación administrativa pero absuelto de acusaciones de malversación de caudales públicos, prevaricación urbanística, negociaciones prohibidas y de desobediencia a agentes de la autoridad.
El Juzgado de Instrucción 3 de Logroño juzgó hace cinco meses a Jalón por cuatro delitos de prevaricación administrativa y otros tantos de malversación de caudales públicos, por los que se enfrentó a una posible pena de hasta diez años de prisión y un total de 68 años de inhabilitación para cargo público, además de la posible indemnización al Ayuntamiento de Viguera. Durante el juicio el exalcalde derivó la responsabilidad hacia la secretaria interventora y el abogado del Consistorio. «No entiendo mucho pero hacía lo que el abogado decía», justificó Jalón ante el juez, y añadió: «Yo tuve que echar a la secretaria porque se llevaba el dinero y no le importa a nadie».
El Ayuntamiento de Viguera no tuvo secretaria durante un año (2013-2014) y en ese periodo, sin poder celebrar plenos ni presentar informes de Intervención, se adjudicaron tres obras (recuperación ambiental del chorrón de Peña Puerta, acondicionamiento del camino Molino de Revilla y alumbrado en el camino Virgen del Rosario) y se autorizó una actividad recreativa de 'airsoft' en tres parcelas declaradas Monte de Utilidad Pública, sobre lo que el fiscal señaló que no hay actas de adjudicación ni contratos.
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Por otra parte, la abogada de Jalón, aunque reconoció que «las actuaciones contravienen la legalidad», subrayó que «no constituyen un delito de prevaricación» porque «estuvo guiado en todo momento por el abogado» y, además, el exalcalde no tuvo ánimo de lucro. «No habiendo movimiento de caudales públicos, no hay delito de malversación», advirtió la abogada, quien solicitó la absolución concedida con el atenuante de los diez años transcurridos desde los hechos hasta el día del juicio.
En el caso de la obra de Peña Puerta, según expone el juez en la sentencia, los hechos no determinan la comisión de un delito de prevaricación administrativa. Lo mismo se aprecia con los caminos Molino de Revilla y Virgen del Rosario puesto que no se dan los elementos objetivos ni subjetivos de dicho tipo penal. Y sobre la actividad de 'airsoft', «las acusaciones no han probado que el acusado incurriera en ninguna ilegalidad», indica el juez, y señala que, finalmente, no se desarrolló. Sobre todo lo anterior, y sobre las acusaciones de malversación de fondos públicos, el juez no advierte atisbo alguno de sustracción de caudales en la contratación de las obras.
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