El problema de los merenderos 'ilegales' se suma al del ocio nocturno. Sonia Tercero.

El Ayuntamiento recuerda que se precisa «licencia ambiental»

Javier Campos

Logroño

Domingo, 17 de marzo 2024, 19:57

La advertencia ya llegó a principios de 2023, con lo que ahora, justo un año después, no pasaría del recordatorio. La Policía Local ya ... aclaró en su día que los merenderos particulares son posibles para uso propio o para cesión familiar, «pero estos no pueden ser ofertados ni destinados a alquiler como locales para la celebración de eventos sin que tengan autorización municipal, ya que no poseen medidas de seguridad ni aclimatación para evitar molestias al vecindario».

Publicidad

Por todo ello, el cuerpo y fuerza de seguridad local informó a la ciudadanía de que para llevar a cabo la actividad de alquiler de locales para eventos es necesaria dicha licencia, que a su vez requiere de la presentación de un proyecto previo en el que se cumplan algunos requisitos como la insonorización del local, que disponga de un espacio mínimo, salidas de humos y de ventilación, así como extintores y medidas contra incendios, entre otros.

Desde el Ayuntamiento, ahora, se incide en que se precisa licencia ambiental, que es «la autorización dictada para la puesta en funcionamiento de actividades e instalaciones susceptibles de originar daños al medio ambiente y causar molestias o producir riesgos a las personas y bienes».

«Se equipara a la hostelería en cuanto al mismo nivel de protección acústica... la licencia ambiental debe obtenerse de forma previa a la puesta en funcionamiento o a la ejecución de obras, si éstas fuesen necesarias; luego los técnicos hacen las correspondientes comprobaciones, establecen un aforo y determinan la salidas de emergencia siguiendo la normativa del Código Técnico de Edificación (CTE) en todo lo relativo a la protección contra incendios», explican desde la Administración local (sin olvidar la accesibilidad o un seguro de responsabilidad civil).

Publicidad

Y es que a la hora de pedir tal licencia deben presentar un proyecto técnico en el que se detallen todas estas medidas –con las normas urbanísticas del PGM siempre presentes–. Además, el mismo debe salir a exposición pública para la presentación de posibles alegaciones.

«Un merendero particular requiere licencia como tal, pero es mucho más simple que si se va a destinar al alquiler, que ya adquiere la categoría de negocio/actividad; en cualquier caso, es complicado detectar que se trata de un merendero particular alquilado a terceros», reitera el comisario jefe, destacando que intervenciones en tales espacios hay muchas, «pero en no pocas ocasiones aparece el propietario demostrando que lo es y que el resto son amigos/conocidos» y, precisando que, por otro lado, «no siempre que se hace uso del mismo es ilegal».

Este contenido es exclusivo para suscriptores

¡Oferta especial!

Publicidad