HIPOTECA SUELO - MY WAY

MARTÍN TORRES GAVÍRIA

Domingo, 6 de diciembre 2015, 23:33

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U N personaje de novela, Robert Sloop, entró a un garito de mala muerte de Manila. La escasa luz y el humo apenas le permitían adivinar la barra. Para animar aquel ambiente lúgubre se dirigió a la gramola con un vaso de whisky en la mano y seleccionó 'My Way' de Frank Sinatra. Con las primeras notas de la canción los adormilados se despejaron, los borrachos se volvieron lúcidos y el dueño de aquel bohío apagó la luz. Con un dedo amenazante se dirigió a Robert y le dijo: «Nos gusta la música, pero la letra es diabólica. Trae mala suerte».

Algo similar viene a pasar con la hipoteca suelo: la música suena bien, pero todo depende de la letra. En plena batalla por las hipotecas, las entidades financieras (algunas) hacían de todo para conseguir clientes. Y una sutil artimaña fue bajar el diferencial al tipo de interés y poner un suelo. Y en algunos casos un techo, para disimular. Es decir, si yo le ofrezco un interés para su préstamo de euríbor más un diferencial de dos: le cobraré a como esté el euríbor más dos puntos. Y así durante toda la vida del préstamo, variando lo que varíe el euríbor. Pero si la competencia le ofrece euríbor más un punto y le dice que la limitación del interés es cuatro puntos (éste es el suelo), posiblemente usted se fije sólo en el diferencial y a priori esta oferta es un punto más barata. Pero el problema viene cuando el euríbor baja y baja. Y por mucho que baje usted pagará siempre como mínimo un 4%.

La Comisión Europea dice que se deben devolver las cuotas cobradas en las operaciones hipotecarias que han aplicado la limitación de tipo de interés. Aunque hay que aclarar que este informe no es vinculante para el sistema bancario. Pero el Tribunal Supremo en resolución del 9/5/13 viene a decir que la cláusula de limitación de tipo de interés (cláusula suelo), en sí misma no es ilegal. Lo que es ilegal es la falta de transparencia e información al cliente. Y eso es lo que hay que demostrar que ha sucedido.

Y a todo esto, ¿qué dice el Banco de España? Pues que para dar su visto bueno a una hipoteca suelo debe aparecer la cláusula claramente en la Oferta Vinculante, la Ficha de Información Personalizada (FIPER) y en la Ficha de Información Precontractual (FIPRE). Y, por si esto fuera poco, junto a la firma del cliente en la Oferta Vinculante, éste debe escribir de su puño y letra una expresión por la que manifieste que ha sido adecuadamente advertido de los riesgos derivados del contrato. Con todo esto el Banco de España mantiene que el hipotecado ha sido bien informado y por tanto la cláusula suelo no es abusiva.

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También ha habido entidades que nunca han aplicado estas condiciones como por ejemplo, Santander e Ibercaja. Solo que ésta última ha tenido que asumir las de Caja3.

Trató, Robert Sloop, de explicarles el sentido de la letra: «Se trata de un señor que al final de su vida hace un repaso de sus aciertos y errores y mantiene que siempre lo hizo todo a su manera». El 'barman', con su sonrisa desdentada e intuyendo, con la psicología de los camareros, que Robert se refería a sí mismo y pretendía ahogar sus penas con la canción y el whisky, le dijo: «No te preocupes por tus problemas, deja que tus problemas se preocupen por ti».

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