Sonia Tercero

La Justicia ordena incluir en la lista de aprobados a un policía local que optaba a oficial en Logroño

La Sala de lo Contencioso del TSJR confirma que se vulneraron las bases de la convocatoria al excluir a un agente en la fase de concurso cuando ya había superado la oposición

Carmen Nevot

Logroño

Viernes, 5 de julio 2024, 10:03

El Ayuntamiento de Logroño tendrá que incorporar a un agente de la policía local que aspiraba a una plaza de oficial en la lista de ... aprobados que deben realizar el curso de formación. Sólo entonces, una vez que lo supere, si es que lo supera, deberá incluirlo en la nómina definitiva de aptos con todos los efectos administrativos, económicos y profesionales desde la fecha de toma de posesión del resto de candidatos aprobados.

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Así lo ha acordado la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) que acaba de tumbar un recurso que presentó la Comunidad Autónoma contra el fallo de primera instancia en el que precisamente ordenaba la readmisión del agente.

El citado policía local participó en el concurso oposición convocado por la Consejería de Servicios Sociales en febrero de 2022 para la provisión por promoción interna de varios puestos y plazas vacantes de oficial dentro de este cuerpo. En concreto, el demandante optaba a una de las ocho plazas que se ofertaban en el Consistorio logroñés, se presentó y superó la fase de oposición, así que le incluyeron en la lista de aprobados, en concreto, en el número 8 de los 9 que la integraban.

Tras la fase de oposición se pasó a la de baremación de los méritos en la de concurso y es en ésta en la que el agente quedó excluido, de forma que no pudo acceder al curso de formación práctico previsto en las bases de la convocatoria.

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El demandante consideró que se habían incumplido las bases del proceso selectivo y acudió a la Justicia donde le dieron la razón. En la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Logroño, el juez coincidía con el agente en que en este caso se habían vulnerado las bases de la convocatoria y, por tanto, la exclusión era improcedente.

En este caso, los méritos de la fase de concurso aplicados a un número mayor de aprobados que plazas en la fase de oposición, que es eliminatoria, han sido eliminatorios para este agente y han permitido superar el proceso y acceder al curso de formación a candidatos que, de haberse aplicado correctamente las bases y el reglamento marco de Policía Local, no habrían superado la fase de oposición. La de concurso, por tanto, «se ha transformado en un recuperado pero matizado sistema de mochila sancionado por la doctrina constitucional», apunta el fallo judicial.

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Además, la valoración de los méritos, sumado a la superación de más candidatos que plazas convocadas en la fase de oposición, «no se ha limitado a precisar el orden de prelación de los ocho candidatos aprobados para realizar el curso de formación selectivo, sino que ha sido materialmente eliminatorio para el actor».

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