La Ley del Paisaje incorpora propuestas de 16 entidades en su fase de exposición pública
La principal novedad en las propuestas aceptadas es la mejora realizada en la definición de lo que se consideran proyectos de elevado impacto paisajístico
El Proyecto de Ley del Paisaje de La Rioja continúa superando etapas en su tramitación previas a su aprobación definitiva en la Cámara regional. Así, tras ser sometido a dos periodos de consulta previa, los pasados enero y mayo, y a uno de información pública, que finalizó en julio, se han recibido aportaciones por parte de 16 entidades, una persona física y tres direcciones generales del Gobierno regional.
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Del total de alegaciones registradas, se han aceptado en este punto de la tramitación 15, mejorando así diez de los 36 artículos del texto y a tres de las cinco disposiciones, en sintonía con una de las claves del proceso puesto en marcha por la Consejería de Agricultura que precisamente busca abordar la necesaria protección del paisaje desde diferentes puntos de vista.
La principal novedad en las propuestas aceptadas se encuentra en la mejora realizada en la definición de lo que se consideran proyectos de elevado impacto paisajístico. A su vez, el Observatorio del Paisaje se convertirá en un órgano colegiado consultivo, asesor y decisorio en materia de paisaje, gracias a una de las alegaciones aceptadas.
Paralelamente, se trabaja con la UR, desde la cátedra del paisaje, en la elaboración de la actualización cartográfica, adaptando los mapas existentes para disponer de forma gráfica de la información y localización de los paisajes relevantes.
La futura Ley del Paisaje de La Rioja, tal y como recoge su exposición de motivos, determina el marco jurídico de referencia para toda la legislación, en especial aquellos planes y programas sectoriales que puedan tener incidencia en el paisaje en La Rioja. Además, establece unos criterios de zonificación para la aprobación de proyectos de elevado impacto paisajístico asociados a la construcción de infraestructuras de generación y transporte de energía y distribución de energía eléctrica. A su vez, posibilita el diseño de un mapa respetuoso con los valores ambientales, turísticos, culturales, patrimoniales, agrícolas y paisajísticos de nuestro territorio.
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Partiendo de todo lo anterior, la Ley tiene como propósito promover la protección, gestión y ordenación del paisaje de La Rioja con el fin de: a) restaurar y mejorar el paisaje en nuestro territorio en cumplimiento del Convenio Europeo del Paisaje; b) Identificar, delimitar y describir los paisajes más relevantes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, desde el punto de vista cultural (paisajes culturales-paisaje cultural del vino), desde el punto de vista medioambiental (paisajes naturales) y desde el punto de vista patrimonial. Todo ello, salvaguardando los paisajes sobresalientes, los paisajes singulares, las singularidades paisajísticas y culturales.
Por otra parte, la Ley del Paisaje de La Rioja también tiene entre sus fines la identificación de los paisajes más degradados; el análisis de los mismos, de las fuerzas y presiones que los transforman y la identificación de sus valores y estado de conservación, con el fin de establecer un objetivo de calidad paisajística que deban cumplir los condicionantes o limitaciones necesarias para poder alcanzar el objetivo de calidad paisajística mínima.
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