Sanidad autoriza la caza y la pesca en toda La Rioja a partir del lunes
Los titulares domiciliados en otras provincias no podrán desplazarse hasta La Rioja por la limitación de movilidad
la rioja
Sábado, 16 de mayo 2020
La caza y la pesca se permitirán en La Rioja a partir este lunes tras la decisión del Gobierno de España de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas en aplicación del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. Por tanto, el Gobierno de La Rioja tramitará desde el lunes todas las solicitudes de licencias de caza y pesca a través de la oficina electrónica disponible en www.larioja.org/oficina-electronica, ha explicado el Gobierno a través de una nota.
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La actividad cinegética, tanto las labores ordinarias de caza como las de control por daños de fauna silvestre, se reanuda tras las medidas de confinamiento decretadas para frenar la expansión del COVID-19. De esta forma, se podrán desarrollar las acciones que ya estaban autorizadas respecto a las especies cinegéticas, los periodos hábiles de caza menor y mayor y los terrenos definidos. Para ejercer la caza organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene requeridas.
El Gobierno también ha indicado que para la práctica de la pesca será prioritario cambiar los permisos que no han podido ser disfrutados y, para ello, la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica contactará directamente con los titulares. Además, se habilitará la expedición de licencias de pesca exprés de forma telemática a través del teléfono 941 29 12 53 o de la oficina electrónica: www.larioja.org/oficina-electronica/es. Para la selección de permisos, los usuarios podrán consultar la disponibilidad en tiempo real en www.larioja.org/permisosdepesca.
Los titulares domiciliados en otras provincias no podrán desplazarse hasta La Rioja por la limitación de movilidad.
El Gobierno ha recordado las medidas de seguridad: respetar la distancia y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias: cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla; no se compartirán los instrumentos de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida; y se deberá limpiar y desinfectar el vestuario y los utensilios de caza y pesca después de su uso.
Establecimientos y locales
La correspondiente orden para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de las fases del plan para la transición hacia una nueva normalidad fue publicada el viernes en el BOE, para permitir, entre otros aspectos, «la caza y la pesca deportiva y recreativa», algo que había solicitado el PR+ en la comunidad autónoma.
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Al mismo tiempo, en relación con los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados, se mantiene como requisito para la apertura en la fase 1 que estos tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, «pero se prevé que en el caso de que la superficie sea superior, puedan acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral».
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