Borrar
Los seguros de vida-ahorro como inversión de cara a la jubilación

Los seguros de vida-ahorro como inversión de cara a la jubilación

Aunque son los productos más conocidos para preparar la jubilación, en el mercado actual no solo existen los planes de pensiones

COLPISA

Lunes, 15 de abril 2019, 09:53

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Los seguros de vida-ahorro aúnan las características de los seguros de vida y los planes de ahorro, permitiendo al asegurado contar con liquidez en todo momento. Además, pueden ser una posible alternativa a las herencias.

Aunque son los productos más conocidos para preparar la jubilación, en el mercado actual no solo existen los planes de pensiones. Existen otros productos como los seguros de vida-ahorro que pueden funcionar también a modo de plan de pensiones, como complementos a la pensión de jubilación, y además asegurando a los nuestros un apoyo en situaciones tan difíciles como un deceso, por ejemplo.

Los seguros de vida-ahorro son un tipo de producto mediante el cual la compañía aseguradora ofrece a las personas aseguradas una rentabilidad variable y normalmente garantizada, a cambio de una prima que deben pagar. Dentro de estos seguros existen dos productos específicos que pueden ser clave para invertir en la jubilación, pues cuentan con ventajas fiscales: los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) y los Planes de Previsión Asegurados (PPA). Veamos en qué se diferencian y qué ventajas pueden aportar a la persona asegurada.

Diferencias entre dos seguros de vida-ahorro: PIAS y PPA

Amplos planes son seguros de vida-ahorro a largo plazo, en los que la persona asegurada paga de forma periódica y, en el momento de cobrar, recibe la cantidad ahorrada más los intereses generados, menos las correspondientes obligaciones fiscales.

Ambos productos tienen ventajas fiscales, pero su pago no sustituye la obligación de cotizar a la Seguridad Social, así como su cobro tampoco sustituye a la pensión correspondiente. Sin embargo, los PIAS y los PPA se diferencian en que el dinero que se vaya acumulando en el primero puede recuperarse a partir del quinto año -en la mayor parte de los casos-, a modo de renta vitalicia cobrada mensual, trimestral o semestralmente, por ejemplo; mientras que en el segundo producto, el PPA, la cantidad pactada se cobra solo en el momento en el que la persona asegurada se jubila, se le declara una incapacidad o fallece, aunque puede cobrarse mediante un solo pago o como una renta periódica. Los PIAS, además, tienen un interés variable, que se revisa cada seis meses, y los PPA ofrecen un interés fijo que no varía desde el momento de su contratación.

En cuanto a la fiscalidad, ambos productos tienen un tratamiento fiscal atractivo en cuanto a sus aportaciones. Los PPA tributan igual y tienen los mismos beneficios fiscales que los planes de pensiones, pudiéndose rescatar con las mismas contingencias. Esto es, las primas se reducen de la base imponible en la Declaración de la Renta y las prestaciones recibidas tributan como rendimientos del trabajo. El límite de las aportaciones anuales es de 12.500 euros para mayores de 50 años, y 10.00 para el resto. Sin embargo, estos tienen que dar una rentabilidad mínima garantizada, por lo que están pensados para ahorradores más conservadores, que no quieren asumir tanto riesgo.

Los PIAS tienen como objetivo construir un capital para la jubilación en un plazo de cinco años, y la rentabilidad que se acumule en este tiempo no tributará, siempre que se realice como renta vitalicia. Hay que tener en cuenta que estos planes tienen un límite de aportaciones marcado en los 8.000 euros anuales, y los 240.000 euros totales mientras dure el producto. Existen PIAS sin rentabilidad garantizada, pero la mayor parte ofrecen una rentabilidad mínima garantizada. Estos son más rentables cuanto más cercano a los 70 años está la persona asegurada. De hecho, las rentas generadas tributan en el IRPF como capital mobiliario, y la reducción es decreciente según la edad, de tal manera que a partir de los 70 años la tributación fiscal se reduce al 8%. En esta situación, si se recibe una renta mensual de 1.000 euros, por ejemplo, solo se tendrá que tributar 80 euros, y los 920 restantes quedarán libres. Es decir, a mayor edad, mayor beneficio fiscal. Por este motivo, están indicados para aquellas personas que deseen potenciar al máximo su capacidad de ahorro, pero con un perfil también conservador.

Normalmente suele ser complicado establecer qué producto es mejor para ahorrar de cara a la jubilación, pues cada persona tiene unos objetivos vitales diferentes. En este sentido, conviene valorar cuidadosamente toda la información recibida para decidir qué producto se ajusta más a nuestras necesidades y conocer posibles inconvenientes, como las limitaciones en las ventajas tributarias, si es rescatable o no en su totalidad, o si la renta está cubierta o no por el Fondo de Garantía de Depósitos.

Planificar la jubilación no es una tarea sencilla, pero si nos decidimos por un producto de vida-ahorro, podemos acudir a un comparador de seguros de vida que nos ofrezca las mejores opciones en cuanto a coberturas, plazos y ventajas fiscales.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios