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acumulación de penas a terroristas

Conde-Pumpido avanza «dificultades» en la aplicación de la nueva doctrina del Supremo

El fiscal general asegura haber instruido ya a los fiscales al respecto y atribuye a intereses políticos la polémica sobre la liberación de Parot

EFE | MADRID

Miércoles, 8 de marzo 2006, 01:00

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El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ha advertido hoy de que la aplicación de la nueva doctrina del Tribunal Supremo para el cálculo de las redenciones de penas puede generar "algunas dificultades", aunque ha asegurado que ya ha instruido a los fiscales para que adapten su actuación a la misma.

Cónde-Pumpido, que ha comparecido ante la comisión de Justicia del Congreso a petición de PSOE y PP, ha atribuido a "un juego de intereses político y partidista" la polémica pública surgida en torno al hipotético riesgo de puesta en libertad de Parot, de la que ha responsabilizado directamente a "un periódico". Tras afirmar que esa polémica ha provocado un desgaste "inútil, gratuito e irresponsable" del Ministerio Fiscal como institución, ha asegurado que "jamás existió un riesgo de excarcelación inmediata del señor Parot; la noticia es que no había noticia".

El fiscal general ha señalado que la decisión de la Fiscalía de informar favorablemente sobre el recurso de Parot para que se acumularan sus penas no podía entrar en la aplicación de los beneficios penitenciarios, como más tarde haría el Tribunal Supremo, ya que esa cuestión era ajena al recurso. El fiscal general ha recordado, además, que esa decisión de aplicar los beneficios penitenciarios sucesivamente sobre las distintas condenas individuales, y no sobre la pena acumulada de 30 años, había sido rechazada en el pasado por el Supremo y había incluso provocado un cambio legal.

El fiscal general del Estado ha explicado que, poco después de su nombramiento y ante la evidencia de que se avecinaban "novedades preocupantes" sobre la situación penitenciaria de determinados presos de ETA, él mismo ordenó adoptar medidas "dentro del estricto marco constitucional y legal" para evitar cualquier ventaja indebida en la pretensión de algunos etarras de recobrar la libertad. Tras detallar que así se hizo en el caso de José Ignacio de Juana Chaos, se refirió al más reciente de Henri Parot, que ha generado "un ruido mediático incomparablemente mayor", aunque en la hipótesis más favorable al etarra su puesta en libertad se hubiera producido en 2020 y no en 2009 como señalaban "los alarmantes cálculos aireados por algunos medios".

Ironías de la actualidad informativa

Además, Conde-Pumpido ha recordado que el informe del Ministerio de Fiscal en el que se consideraba que "no había más remedio" que estimar el recurso de Parot en su pretensión de acumular las penas que se le habían impuesto data de noviembre y diciembre de 2005 y ha llamado la atención sobre el hecho de que no saltara a "la primera página de un periódico" hasta la segunda semana de febrero de 2006, por lo que irónicamente ha referido que "surge la primicia del caso Parot con tres meses de retraso" y coincidiendo con el relevo "por motivos estrictamente profesionales, de organización y coordinación" del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño.

Quien trate de relacionar el criterio defendido por Fungairiño -contrario a la acumulación de penas en el caso Parot- con su relevo, "falta a la verdad", según Conde-Pumpido. En ese sentido, ha asegurado que, aún convencido de que el criterio del fiscal jefe de la Audiencia Nacional "no era sostenible", no podría reprochar a un subordinado haberlo mantenido, ya que con ello entendía que aplicaba el criterio de máximo celo impuesto precisamente por la Fiscalía General del Estado.

Tras recordar que el Ministerio Fiscal es un órgano que "se rige por el principio de jerarquía, no un ejército de autómatas", Cándido Conde-Pumpido ha asegurado que no puede consentir que una diferencia de valoración jurídica -con Fungairiño- "se pretenda presentar como una disfunción, ni mucho menos como un desafío a mi autoridad".

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