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Pere Aragonés (centro). Efe
El TSJC rechaza investigar a Pere Aragonès por el 1-O porque no ve indicios de delito

El TSJC rechaza investigar a Pere Aragonès por el 1-O porque no ve indicios de delito

El alto tribunal catalán sí abrirá una causa contra Josep María Jové por desobediencia grave y malversación

Cristian Reino

Barcelona

Martes, 27 de noviembre 2018, 13:03

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha emitido esta mañana un auto, según el cual rechaza investigar al vicepresidente de la Generalitat, Pere Aragonès, en la causa por el 1-O. El Juzgado número 13 de Barcelona pidió al TSJC que investigara a Aragonès por un delito de desobediencia por no haber impedido la celebración del referéndum del 1-O cuando era número 2 de Oriol Junqueras como secretario de Economía. Según el alto tribunal catalán, en la exposición razonada por el juzgado número 13 de Barcelona para que Aragonès sea investigado en el TSJC, como aforado que es, «no detalla la existencia de indicios de comisión de ningún delito».

En cambio, el TSJC sí admite las razones que le expone el juzgado barcelonés en relación a Josep María Jové, exsecretario general de Economía, y actual diputado en la Cámara catalana y propietario de la célebre agenda Moleskine, donde aparecen apuntados los movimientos del estado mayor del 'procés'. La sala de admisiones admite parcialmente la exposición razonada en relación a Jové y, por lo tanto, se considera competente para investigarle por los posibles delitos de malversación y desobediencia grave. La magistrada instructora designada es María Eugenia Alegret.

El TSJC ve posible la «participación» de Jové en el «comité ejecutivo del entramado creado presuntamente por el Govern de Cataluña para conseguir, tras la realización de un referéndum de autodeterminación y prescindiendo de las leyes y de los mandatos del Tribunal Constitucional, la independencia de Cataluña del resto de España». «Ello habría exigido, para contar con garantías de éxito, la previa creación de estructuras administrativas que garantizarían el funcionamiento del nuevo ente y la desconexión con la estructura del Estado y la asunción de la desobediencia que necesariamente todas esas operaciones debería implicar», señala el auto.

Ve indicios también de su «responsabilidad» como secretario general del Departamento de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat de Cataluña en la organización del referéndum para «cuya celebración se invirtieron directamente o mediante personas interpuestas, fondos públicos o bien se comprometió el correspondiente gasto, por una suma aún por determinar a la vista de lo que resulte de la instrucción». Apunta también su «eventual participación» en la utilización «ilícita del fichero de datos personales de la población de Cataluña con el que contaba el Idescat».

Respecto al supuesto delito de desobediencia, el TSJC ve indicios de «supuesto conocimiento en la realización presuntiva de todos estos actos de que las iniciativas parlamentarias y gubernativas que pudiesen amparar una ruptura unilateral de Cataluña del resto de España habían sido declaradas inconstitucionales y nulas mediante sucesivas providencias y sentencias del Constitucional, habiendo sido notificado y requerido en forma expresa en algunas resoluciones».

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