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ATLAS ESPAÑA
Viernes, 21 de septiembre 2018, 14:25
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Antes que nada debemos explicar que se entiende por tocamiento: "Contacto corporal inconsentido con el propósito de obtener una satisfacción sexual a costa de otro". Es decir, lo que muchas veces pasa en el metro, en el autobús, en la discoteca o en aglomeraciones y que en la mayoría de los casos es sufrido por una mujer y ejecutado por un hombre. Pues según el Tribunal Supremo se acabó el juzgarlo como un delito de coacción leve. Es, ha sido y siempre será, un delito de abuso sexual que conlleva una pena de prisión de 6 meses a dos años. Abuso sexual porque se entiende que atenta contra la libertad sexual de las personas. Un delito que es más común de lo que creemos. Hemos salido a la calle a comprobarlo.-Redacción-
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