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Los padres de Iñigo Cabacas, en una concentración ante los juzgados.
Abren juicio oral por el 'caso Cabacas' e imputan a tres mandos de la Ertzaintza

Abren juicio oral por el 'caso Cabacas' e imputan a tres mandos de la Ertzaintza

La juez, que acusa de homicidio negligente a los responsables de las furgonetas antidisturbios que realizaron la carga en la que falleció el hincha del Athletic

ÓSCAR B. DE OTÁLORA

Lunes, 3 de abril 2017, 18:05

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Tres mandos de la Ertzaintza han sido imputados por el juez del 'caso Cabacas', según se desprende del auto judicial emitido por el Juzgado de Instrucción número 10 de la capital vizcaína al que ha tenido acceso este periódico. Los policías, acusados de homicidio negligente, son los responsables de las furgonetas antidisturbios que intervinieron en el dispositivo de seguridad en el que el joven hincha bilbaíno perdió la vida por el impacto mortal de una pelota de goma lanzada por un agente en un callejón de María Díaz de Haro, el 5 de abril de 2012. La juez sobresee las acusaciones contra los ertzainas que reconocieron haber realizado disparos con pelotas de goma ese día y asegura que no ha quedado justicado «quién fue el autor del disparo» que acabó con la vida de Cabacas. La decisión de la magistrada se puede recurrir.

En el auto de la juez Aurora Torres se afirma que a partir de las órdenes dadas por los responsables de las furgonetas antidisturbios se realizaron disparos «con infracción de los principios básicos de proporcionalidad, prudencia, necesidad y seguridad». La titular del juzgado recalca que una de las pelotas de goma alcanzó a Íñigo Cabacas y le causó un traumatismo cráneo encefálico que terminó por provocar su fallecimiento.

Según la descripción que realiza la juez en su auto, los incidentes se produjeron en un pequeño lapso de tiempo. A las 23.25 horas, la Ertzaintza comenzó a recibir informaciones sobre una pelea que se ha producido en la zona de Pozas. Desde la base central de la Policía vasca se comenzaron a enviar refuerzos hacia ese área. A las 23.31, la central de comunicaciones recibe un nuevo aviso de una batalla campal a la altura de la plazoleta de la herriko taberna de la calle María Díaz de Haro. El jefe de operaciones -'Ugarteko', que se encontraba en la comisaría- solicitó entonces que se enviasen refuerzos a ese lugar. La identificación de que disponía en ese momento los ertzainas era de la existencia de un grupo de 15 o 20 personas, con la cabeza rapada, que, tras agredir a varias personas, se marchó hacia Pozas. A las 23.35 se produjo una carga , posterior a la detención de una persona. Un minuto después, el responsable de una de las furgonetas comunica a 'Ugarteko' que les están «arrojando objetos desde la zona de la herriko». «Haría falta alguna furgoneta más, que entrase, que entrase dentro y limpiase la zona», agregó.

Orden de cargar

El agente que realizó esta comunicación recibe la orden de acercarse a las inmediaciones de la herriko. Tras diversos incidentes, el mando que está al cargo de las furgonetas recibe a las 23.40 la orden de cargar. Según el auto, la orden fue la siguiente: «A ver le repito las órdenes para que queden bien claras. se lo acaba de comunicar al suboficial de grupo que está trabajando. Entren al callejón con todo lo que tenemos. Entran a la herriko, controlan la situación y los que haya, que puedan ser posibles agresores, se les controla o se les echa y se toma toda la posición y entonces la situación estará controlada». Cinco segundos después de esta comunicación, un ciudadano telefoneó a la Ertzaintza para solicitar una ambulancia ya que un joven había recibido un pelotazo en la cabeza. El propio jefe de la carga solicitó una vehículo médico. Era Íñigo Cabacas.

El auto, la juez pone en cuestión la actuación de los tres responsables de la furgonetas al entender que ordenaron «directamente disparar o bien, siendo el mando superior, permitieron que los agentes bajo su mando efectuasen disparos con pelotas de caucho en condiciones que infringían los mas elementales principios profesionales básicos de actuación». De forma previa, la magistrada recuerda que tan solo dos ertzainas reconocieron en la sede judicial haber realizado disparos con su armas antidisturbios pero añade que es más probable que hubiese otros ertzainas implicados en el lanzamiento de pelotas de goma.

Acusaciones

Para imputarles un homicidio negligente a los tres agentes, el juez se centra en tres cuestiones: la distancia entre el punto de disparo y el lugar donde se encontraban las personas era insuficiente y las pelotas podían causar daños letales; la carga asumió un riesgo innecesario puesto que se encerró a los congregados en una zona de la que no se podían marchar y se actuó «sin que concurrieran circunstancias de grave riesgo». La juez insiste en este punto y afirma que en el momento en el que se produjo la carga «la plaza estaba bastante despejada y solo se lanzaban a la Ertzaintza objetos sueltos» que lo agentes podían controlar con sus escudos protectores. «No consta que fuera necesario» el empleo de pelotas de goma «en un lugar que generaba un riesgo para los ciudadanos por la configuración (del terreno) y la cantidad de gente que congregaba». «La distancia a la que se permitieron los disparos era mortal de necesidad se alcanzaba una parte corporal como el cráneo, sin que por las características de estas municiones pueda controlarse por el tirador que no va a alcanzar partes vitales», añade el auto.

La decisión judicial, además de acusar a los tres ertzainas que estaban al mando de las furgonetas de un delito de homicidio por imprudencia grave, establece que será responsable civil subsidiaria la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La decisión judicial se produce después de que la acusación particular ejercida por la familia de Iñigo Cabacas presentarse en el juzgado de instrucción número 10 de Bilbao un escrito para solicitar la apertura del juicio oral contra seis ertzainas, imputados por un presunto delito de homicidio imprudente. En este documento se acusaba a los tres agentes que ese día utilizaron su armas para disparar pelotas de goma así como a los dos mandos que se encontraban esa noche al frente de las furgonetas antidisturbios y al oficial que dirigió el operativo. Tras la presentación de esa petición, la juez tenía sobre la mesa la posibilidad de rechazar la acusación y archivar la causa o iniciar el procedimiento para abrir juicio oral, decisión que finalmente ha adoptado.

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