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Soraya Rodríguez, Alfonso Alonso y Cristóbal Montoro, durante la negociación de la reforma.
Tres años de la reforma que impuso el déficit cero en la Constitución

Tres años de la reforma que impuso el déficit cero en la Constitución

La cuestión ha vuelto al Congreso con una novedad fundamental, el cambio de posición de los socialistas, cuyo líder ha llegado a considerarla "un error"

EFE

Martes, 25 de noviembre 2014, 16:37

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Tres años después del pacto PSOE-PP con el que se consagró el déficit cero en la Constitución, esa cuestión ha vuelto al Congreso, con una novedad fundamental, el cambio de posición de los socialistas, cuyo líder, Pedro Sánchez, ha llegado a considerar "un error" aquella reforma.

El grupo de la Izquierda Plural es el que propone ahora reconsiderar aquel acuerdo, de forma que la financiación de los servicios públicos fundamentales prime frente a cualquier otro gasto presupuestario, incluso si para ello resulta preciso cierto margen de endeudamiento. No parece que, pese al cambio de posición del PSOE, la iniciativa pueda obtener los tres quintos de la Cámara Baja, precisos para seguir adelante.

El grupo socialista está dispuesto a apoyar la admisión a trámite de esta propuesta de reforma, pese a que hace tres años -Pedro Sánchez incluido- respaldó la iniciativa promovida por el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.

Solo cinco diputados socialistas dejaron en septiembre de 2011 de secundar la propuesta de su Gobierno: tres se ausentaron de la votación para no votar a favor, uno votó en contra conscientemente y un quinto también se opuso, pero explicó que lo había hecho por error. Quienes no quisieron estar en la votación fueron Manuel de la Rocha (actual secretario de Economía del PSOE) y los miembros de Izquierda Socialista José Antonio Pérez Tapias y Juan Antonio Barrio, mientras que el ex secretario general de CCOO Antonio Gutiérrez votó en contra y José Manuel Bar Cendón también lo hizo pero por equivocación.

Los dos diputados de Coalición Canaria (CC) y la diputada de UPyD, Rosa Díez, también votaron en contra, mientras que 29 parlamentarios no participaron en la votación (los de CiU, PNV, IU, ICV, ERC, BNG y Nafarroa Bai), aunque eso no impidió que se superaran los tres quintos suficientes para que la norma progresara y fuera sancionada por el rey en tiempo récord.

Solo un mes transcurrió entre que, el 26 de agosto de 2011 PSOE y PP registraran la proposición de reforma de la Constitución destinada a garantizar la estabilidad presupuestaria y que el Rey la sancionara el 27 de septiembre.

Propuesta de redacción del nuevo artículo

La reforma fue planteada por Rodríguez Zapatero en un pleno extraordinario del Congreso el 23 de agosto y aceptada por el líder del PP, Mariano Rajoy. La Comisión Europea, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y varios socios comunitarios, especialmente el Gobierno alemán, saludaron la reforma española y el acuerdo de los dos grupos mayoritarios.

La propuesta de redacción del nuevo artículo fue la siguiente:

-1. Todas las administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

-2. El Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus estados miembros. Una ley orgánica será la que fije el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas en relación con su producto interior bruto, mientras que las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

-3. El Estado y las comunidades habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta.

Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las administraciones públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

-4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

-5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones públicas en materia de política fiscal y financiera.

En todo caso, regulará la distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas administraciones públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

Igualmente, regulará la metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural y la responsabilidad de cada administración en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

-6. Las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

PSOE y PP también pactaron la redacción de la ley orgánica a la que se hace referencia en el apartado 5, con el objetivo de fijar en el 0,4% el déficit estructural global máximo del conjunto de las administraciones públicas a partir de 2020 y establecer los criterios para la reducción progresiva del nivel de deuda.

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