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El TSJR rebaja de 18 a 12 meses la pena a un estafador multirreincidente

El tribunal considera que no se pueden obviar las tres condenas previas por hechos similares y modula la pena para dejarla en el mínimo previsto por ley

Luis J. Ruiz

Logroño

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Viernes, 21 de diciembre 2018, 01:04

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Un año de cárcel por una estafa de 130 euros a una logroñesa a través de una página de Internet. Esa es la condena -que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo- que ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) contra L.M.L., que acumula un extenso historial delictivo por estafas similares y al que el Juzgado de lo Penal 2 ya condenó aplicándole la agravante de multirreincidencia. La primera condena, en todo caso, fue ligeramente superior a la actual. Los 18 meses de prisión del primer pronunciamiento judicial se han quedado, finalmente, en un año de prisión. Actualmente ingresado en un centro penitenciario cumpliendo penas anteriores, será la ejecución de sentencia la que determine si finalmente tiene que cumplir la pena o es viable su sustitución o suspensión.

Los hechos se remontan a diciembre del año 2015 cuando la víctima se interesó por un anuncio que L.M.L. publicó en la página web www.vibbo.com: 28 juegos Nintendo por 150 euros. Tras una breve negociación acordaron un precio de 130 euros que ese mismo día abonó la compradora a través de un giro de Correos. El estafador cobró pero nunca completó el envío. Lo mismo había hecho (y había sido condenado por ello) en León, Valencia, Manresa y Fuenlabrada.

Esos antecedentes son los que llevaron a la juez de lo Penal a aplicar la multirreincidencia, concepto introducido en la legislación penal en la reforma del año 2015 y que agrava considerablemente las penas para quienes tengan tres o más condenas firmes por delitos similares. El recurso de su letrado, que reclamaba que no se aplicara la multirreincidencia al ser un delito leve de estafa (el importe no excedió de los 400 euros), no ha prosperado. Recuerda el TSJR que si bien sería desproporcionado que un delito leve de estafa acarreara una condena de hasta seis años de prisión, en este caso es procedente aplicar la multirreincidencia al existir «otros tres antecedentes penales por delitos menos graves de estafa».

El fallo explica que si bien se podría imponer una pena de hasta 6 años sería desproporcionado

Esa consideración hace que la pena prevista básica para este delito leve, multa entre uno y tres meses, se convierta en este caso en una condena de un año de prisión «por razones de estricta proporcionalidad» toda vez que podría llegar a los seis años. Además se tiene en cuenta la atenuante de reparación del daño ya que devolvió los 130 euros el día anterior al juicio.

De manera paralela, L.M.L. ha sido condenado a hacer frente al importe de las costas del procedimiento y a abonar una multa de seis meses a razón de cinco euros diarios (900 euros).

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