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Nuda propiedad

FINANZAS... DE ANDAR POR CASA ·

MARTÍN TORRES GAVIRIA

Jueves, 31 de mayo 2018, 21:19

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L a mayor preocupación para los españoles, según el CIS de marzo, es el paro. No es de extrañar ya que según los datos de INE-Eurostat la mayor tasa de riesgo de pobreza en España está, con casi un 50%, en la población en paro. Pero las pensiones preocupan cada vez más hasta el punto que en la última encuesta es uno de los tres principales problemas, duplicándose su porcentaje de preocupación y llegando al dato más alto de toda la serie histórica desde 1985. Es para tenerlo muy en cuenta ya que llega a preocupar más que la independencia de Cataluña. Por otro lado, estamos asistiendo a un progresivo encarecimiento de la vivienda, similar al del 2007 justo antes del estallido de la burbuja inmobiliaria. Si por un lado tenemos preocupación por las pensiones y por otro el incremento de valor de la vivienda, no tenemos más que juntar ambos temas y hablar de nuda propiedad.

Hace pocos días escribí en esta sección sobre el producto financiero de la hipoteca inversa. Pues bien, la nuda propiedad, a los efectos, es muy similar, pero no es un producto financiero sino una compraventa. Pongamos el caso de un pensionista dueño de su vivienda, que como dije en el artículo anterior el 85% de los ahorros de los pensionistas están en vivienda, que anda escaso para llegar a final de mes con el importe de su pensión. Su vivienda tiene un valor que él puede aprovechar sin necesidad de abandonar su casa. Para entender este concepto hay que explicar lo que es el pleno dominio. Cuando una persona adquiere una propiedad (a partir de ahora nos vamos a referir a vivienda cuando hable de propiedad), en este caso una vivienda, obtiene el pleno dominio de la misma. Y este derecho consta de dos partes, la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. Pues bien, nuestro pensionista, que se quiere aprovechar del valor de su casa sin abandonarla, puede vender la nuda propiedad y quedarse con el usufructo vitalicio. De esta manera recibirá un importe en metálico inmediato y podrá seguir viviendo en su domicilio habitual hasta que fallezca. Además, si por alguna circunstancia decide irse a una residencia, puede alquilar su vivienda por el tiempo del usufructo vitalicio, es decir, hasta que fallezca y recibir más ingresos extraordinarios. Por tanto, el vender la nuda propiedad y además poder alquilar la vivienda le hace disponer de ingresos recurrentes que le pueden solucionar problemas económicos o simplemente disfrutar más de la vida dándole la vuelta y exprimiendo sus propios recursos. Y no solamente se beneficia de los ingresos sino que los gastos disminuyen ya que solo se tiene que hacer cargo de los gastos de consumo porque el IBI y las derramas de vivienda van a cuenta del propietario de la nuda propiedad.

El que compra la nuda propiedad no tomará posesión de la vivienda hasta que se extinga el usufructo vitalicio. Por tanto, será propietario de la vivienda, pero no podrá disfrutar de ella mientras exista el usufructo vitalicio. La pregunta es, ¿quién compra la nuda propiedad de una vivienda? Pues inversores que, en función de la esperanza de vida de los propietarios y del importe a pagar por el piso, calculan qué rentabilidad pueden obtener y se lanzan a la compra. Es una inversión con muy poco riesgo y muy rentable porque, además, pueden jugar con el incremento del valor de la vivienda. No es tan especulativa como las criptomonedas, pero es muchísimo más segura. No sé si el lector se ha fijado, pero no he dicho ni una palabra de herederos. En teoría son los grandes damnificados de la nuda propiedad, se quedan sin vivienda. Pero pueden recuperar el capital que al pensionista no le dé tiempo de gastarse.

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