Borrar
Inmueble donde se ubica el trastero. :: Juan Marín
El fiscal pide 7 años para un acusado de vender un trastero como vivienda

El fiscal pide 7 años para un acusado de vender un trastero como vivienda

La pareja estafada adquirió el ático, con prohibición expresa de obtener célula de habitabilidad, por 72.300 euros

LA RIOJA

LOGROÑO.

Domingo, 4 de febrero 2018, 23:45

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Ministerio Fiscal solicita siete años de prisión y multa de 24 meses, con una cuota diaria de 5 euros, para J.R.C. por un presunto delito de estafa a una pareja a la que vendió como vivienda un ático legalizado como trastero y con la prohibición expresa de obtener célula de habitabilidad.

J.R.C. ya fue condenado por la Audiencia Provincial por estafa a dos años de prisión en mayo del 2013 y en julio del 2014, ambas penas suspendidas por dos años en junio del 2013 y en octubre del 2014.

Por los mismos hechos, que se juzgarán mañana, martes, en la Audiencia Provincial de Logroño, ya fue condenada en abril del 2015 M.D.G., compañera de inmobiliaria del anterior, en un procedimiento en el que se retiró la acusación contra M.A.S., propietario del ático, que desconocía que se había vendido como vivienda.

Según el escrito fiscal, ni J.R.C. ni M.D.G. comunicaron a los compradores en ninguna de las visitas al inmueble que era un trastero y que jamás podría utilizarse como vivienda. El 4 de enero del 2004 se firma el contrato de arras penitenciales por la venta, como si se tratara de una vivienda, del ático 29, letra H. de la calle Pino, 3, escalera 2, de Logroño, por 96.162 euros. El 23 de noviembre, los compradores otorgaron la escritura de compraventa y consentimiento a la subrogación de préstamo ante notario. Para la adquisición se subrogaron al préstamo hipotecario, suscrito con una entidad bancaria, con el que estaba grabado el inmueble y que en esa fecha ascendía a 72.207,11 euros y ampliaron el importe de éste en 27.792,89 euros. La pareja adquiría el ático mencionado por 72.300 euros e inició el acondicionamiento de la vivienda. El 21 de enero del 2005, agentes de la Policía Local les entregaron un escrito de Alcaldía en el que se les ordenaba paralizar las obras y cesar en el uso residencial, prohibido expresamente desde que esa planta fue legalizada en junio de 1968 con la condición expresa de su utilización como trasteros, circunstancia ratificada desde el 2001 en diversas resoluciones de Alcaldía y por sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja del 3 de febrero del 2003.

El Juzgado de Primera Instancia 3 de Logroño inició el procedimiento de ejecución hipotecaria contra la pareja nueva propietaria del ático y el 19 de mayo del 2008 dictó un auto por el que se adjudicaba el inmueble a la entidad bancaria con la que se había suscrito el préstamo, por importe de 62.500 euros, adeudando los demandados al banco la cantidad de 116.886,29 euros.

Por todo ello, con M.D.G. ya condenada, la Fiscalía solicita siete años de prisión y multa de 24 meses por un delito de estafa para J.R.C., a quien reclama que indemnice a la pareja engañada en la totalidad de los daños y perjuicios que se acrediten en ejecución de sentencia, incluidos los daños morales por 12.000 euros.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios