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Mercedes Jubera. :: l.r.
Expertos contables riojanos recelan de la 'app' de Hacienda para hacer la Renta

Expertos contables riojanos recelan de la 'app' de Hacienda para hacer la Renta

Jubera aconseja revisar los datos enviados por la AEAT a través de la aplicación del móvil para no perder deducciones en la declaración

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Lunes, 30 de abril 2018, 20:57

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logroño. Hacienda dice que con un 'clic' la declaración de la Renta puede estar hecha este año a través de una aplicación en el teléfono móvil. Sin embargo, los expertos contables y tributarios recomiendan a los contribuyentes riojanos que revisen toda esa información enviada por la Agencia Tributaria (AEAT) para asegurarse de que están incluidos todos los datos que les pueden dar derecho a una deducción. «No pretendemos impartir lecciones de fiscalidad a nadie, sino concienciar a la gente de lo importante que es la revisión para evitar errores o incluir datos que se hayan podido omitir», explica la presidenta de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE) en La Rioja, Mercedes Jubera Las Heras.

En cuanto a los beneficios fiscales, la experta riojana recuerda, entre otros, el que propicia haber tenido o adoptado un hijo durante el 2017, «ya que se puede aplicar una serie de deducciones que varían entre los 120 y los 240 euros». En el caso de que el contribuyente haya tenido conviviendo en su domicilio un menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia o permanente, la desgravación oscila «entre los 150 y los 300 euros».

Como novedad, subraya Jubera, y con el fin de evitar el despoblamiento de los pequeños municipios de la comunidad incentivando el traslado de las familias a los mismos, «se han establecido una serie de deducciones que conviene tener en cuenta». En el caso de haber adquirido, construido o rehabilitado la vivienda habitual en una de esas localidades «se puede obtener una deducción del 5% de las cantidades invertidas en la misma, con un límite de 452 euros por declaración». «Si además, el contribuyente fijó su residencia a partir del 1 de enero del 2017 en uno de estos municipios y trabaja por cuenta propia o ajena, tiene derecho a una deducción del 15% de los gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años, con el límite máximo de 300 euros por niño», añade.

«Hay que concienciar a la gente de que un repaso a los datos puede reducir su factura fiscal»

Mercedes Jubera Presidenta de la AECE en La Rioja

Asimismo, la presidenta de la AECE en La Rioja recuerda que «continúa la disposición transitoria por la que existe una deducción del 8% de las cantidades invertidas en la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de una única segunda vivienda en el medio rural, con un máximo anual de 450,76 euros, siempre que dicha vivienda se encuentre en un municipio distinto al de la vivienda habitual y sea uno de los señalados en la normativa a tal efecto.

Por otro lado, y en materia de vivienda habitual, «existen varias circunstancias que los contribuyentes deben tener en cuenta por si pueden ser beneficiarios de una importante deducción». Por ejemplo, si al 31 de diciembre del 2017 se tratase de un menor de 36 años que rehabilitó, adquirió o construyó su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, «puede llegar a compatibilizar junto con la deducción estatal por este concepto, otras más entre el 3% y el 7% de cantidades pagadas durante el año pasado».

Asimismo, y en el supuesto de que por motivos de discapacidad se hubieran acometido obras de adecuación en la vivienda habitual antes del 1 de enero del 2013, «también existe una deducción del 15% sobre las cantidades pagadas durante el ejercicio pasado con un límite en la base conjunta con la de rehabilitación de vivienda habitual de 9.040 euros».

Declaraciones conjuntas

Para finalizar Jubera se fija en otro aspecto importante sobre el que «hay que poner mucha atención»: es el supuesto de contribuyentes integrados en una unidad familiar que residan en comunidades distintas y presenten declaración conjunta, ya que «se considerarán residentes en la comunidad en la que esté fijada la residencia del miembro de la unidad familiar que tenga una mayor base liquidable». «En consecuencia -enfatiza-, en la declaración conjunta podrán aplicarse las deducciones establecidas por dicha autonomía, aunque alguno de los integrantes de la familia no hubiera residido en la misma».

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