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J.A. Salazar

Las claves sobre el uso terapéutico del cannabis

Descubre para qué enfermedades puede prescribirse su empleo, quién puede recetarlo...

Lunes, 20 de octubre 2025, 07:20

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Las indicaciones

  • ¿Para qué enfermedades podrá prescribirse su uso? La espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, ciertas formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos derivados de la quimioterapia y el dolor crónico refractario (el que no responde a otros fármacos).

  • Listado abierto. Los usos clínicos autorizados, junto con las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción, se fijarán en las monografías que publique en un plazo de tres meses la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el Formulario Nacional.

  • ¿Cuántos pacientes podrían beneficiarse? Según las tasas de países que ya autorizaron el uso del cannabis, en España podrían rondar las 300.000 personas, aunque es probable que la AEMPS limite su uso inicialmente a un grupo más reducido.

Restricciones

  • ¿Quién podrá recetar? Las fórmulas deberán ser prescritas exclusivamente por médicos especialistas en el ámbito hospitalario, cuando existan razones clínicas documentadas para su uso. No podrán recetarlo ni los médicos de Atención Primaria ni los facultativos de la sanidad privada.

  • Solo en hospital. La elaboración de las fórmulas se realizará únicamente en servicios de farmacia hospitalaria autorizados.

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