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Bonificación por el empleo fijo

Jueves, 14 de marzo 2019, 09:33

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Los agricultores y ganaderos que tengan trabajadores temporales dentro del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios van a contar con una serie de bonificaciones.

Para ello, durante dos años, en la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social, deben transformar ese contrato temporal en uno fijo, o fijo discontinuo, antes del 1 de enero de 2020. Así lo ha aprobado el Consejo de Ministros, a través del Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo.

  • ·Más información asajatricio@aragasaja.com y en el teléfono 941 36 29 15

Las bonificaciones dependerán del tipo de contrato que se suscriba y del grupo de cotización en el que estén enmarcados. Para el caso de los trabajadores encuadrados en los grupos de cotización entre el 2 y el 11, con una base de cotización mensual inferior a 1.800 euros o una base diaria inferior a 81,82 euros, la bonificación se corresponderá con la cuantía necesaria para que la cuota resultante por contingencias comunes no supere los 88,15 euros/día o 4,01 euros por jornada real trabajada. Por su parte, para las trabajadoras, la cuota resultante no debe superar los 58,77 euros/mes o los 2,68 euros por jornada real.

Estas bonificaciones no serán aplicables durante situaciones de incapacidad temporal, embarazo, lactancia, nacimiento y cuidado de un menor y, como requisito, la empresa deberá mantener el empleo al trabajador, al menos, tres años.

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