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C.N.
Lunes, 17 de agosto 2015, 21:26
Se desconoce el motivo, pero lo cierto es que, siempre según el relato hecho por la Fiscalía en su escrito de acusación, el 19 de mayo del 2013, sobre las 17.50 horas, el procesado arrojó a su cachorro, de cuatro meses, por una ventana de su domicilio, ubicado en un segundo piso de la calle La Campa de Logroño. El fiscal pide para él nueve meses de cárcel.
Como consecuencia de la caída, el perro sufrió diversas lesiones, como neumotórax y fractura de tibia y peroné. El dueño de la mascota, «lejos de procurarle el tratamiento adecuado a través de profesional veterinario», se limitó, tal como detalla el escrito de calificación de los hechos, a hacerle un vendaje casero de la pata afectada.
La ley
Artículo 337
Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiendo a explotación sexual a un animal doméstico amansado, un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano o cualquier animal que no viva en estado salvaje.
Muerte del animal
Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Sin entrar en más detalles, la acusación pública relata que una vez que se constató la situación del can, funcionarios de la Policía Local retiraron la custodia del animal al acusado. El 23 de mayo el perro malherido era entregado a los responsables del centro de acogida de animales de Logroño.
Una vez asignada la custodia temporal del cachorro a la asociación Red de Protección Canina, fue llevado al veterinario donde permaneció ingresado y pendiente de una cirugía «dado que la excesiva dilación en la aplicación del tratamiento podría afectar irreversiblemente a la funcionalidad de la pata».
El animal es un cruce de razas potencialmente peligrosas de aproximadamente cuatro meses y en el momento en el que ocurrieron los hechos carecía de cartilla veterinaria, así como de microchip de identificación, obligatorio para los animales de compañía (perros, gatos y hurones) en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Para la Fiscalía, los hechos son constitutivos de un delito relativo a la protección de los animales domésticos por el que pide una pena de nueve meses de cárcel y el pago de una indemnización por el importe de todos los gastos generados por el tratamiento, ingreso clínico y cuidados específicos que necesitó el perro. Una cantidad que el acusado, en caso de ser condenado, deberá abonar a quien acredite haberlos desembolsado.
El procesado, un hombre de nacionalidad rumana, deberá sentarse en el banquillo de los acusados en el juzgado de lo Penal número 1 de Logroño el próximo 16 de septiembre. A la vista también están citados como testigos varios funcionarios de la Policía Local y veterinarios.
Sin comer ni beber
No es la primera vez que la justicia riojana se pronuncia en un caso en el que la víctima es un animal doméstico. En el 2013, por ejemplo, el Juzgado de Instrucción número 1 de Logroño, condenó al dueño de un perro a una pena de dos meses de prisión por un delito de maltrato animal y al pago de los gastos del veterinario y alimentación hasta la total recuperación del can, del que se le retiró la propiedad en favor de la asociación Red de Protección Canina.
El juez, en la sentencia del caso que se vio en juicio rápido, consideró probado que «el perro estuvo en la terraza sin comer ni beber, llegando a comerse sus propias heces y chupando el agua de la lluvia del suelo».
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