Borrar

Entonces, ¿quién tributa ahora por los préstamos?

Los futuros hipotecados deben acordar con su banco sobre el abono del AJD, hasta que el Supremo se aclare

JOSÉ M. CAMARERO

Jueves, 1 de enero 1970

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

madrid. El giro de 180 grados que ha vuelto a dar en apenas un día el Tribunal Supremo sobre la responsabilidad de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) ha extendido aún más las dudas entre los clientes hipotecados, que esperaban reclamar para recuperar el dinero pagado al constituir sus préstamos; y entre quienes van a firmar un crédito en los próximos días.

¿Pagará el banco a partir del lunes? Con la aclaración emitida por el Tribunal Supremo, cada entidad va a actuar de forma diferente. Algunos bancos piensan derivar el abono al cliente al interpretar que el fallo ha quedado suspendido con la nota informativa de ayer, aunque la sentencia en firme del día 16 obligaba a la banca a pagar el tributo. En otros casos, la entidad está dispuesta a liquidar este impuesto, aun sin conocer la resolución final. Quienes vayan a firmar una hipoteca la próxima semana deben informarse antes con su banco sobre cuál es su postura y llegar a un acuerdo.

¿Puedo recurrir al notario? Los notarios reconocen que se ha generado una alarma social que no se apagará hasta la decisión definitiva del Supremo. Mientras tanto «informarán a ambas partes» de la realidad actual, tal y como indican en el Consejo General del Notariado: hay una sentencia que indica que debe ser el banco el que pague, sí; pero también existe una aclaración judicial que anuncia una resolución final en pocos días o semanas. «Ahí son las partes las que deciden quién paga, el notario solo certifica el pacto», indican fuentes del Consejo.

¿Y si aplazamos la decisión? El sector financiero teme una ralentización de la firma de hipotecas a corto plazo, hasta que se aclare el panorama. Por otra parte, el periodo de liquidación del AJD es de dos meses, por lo que en algunos casos se puede acordar tomar la decisión de a quién corresponde el pago cuando se pronuncie el Supremo, siempre que esa circunstancia quede reflejada claramente en la escritura.

¿Debo solicitar el dinero ya a Hacienda? Aquellos ciudadanos que hayan firmado su hipoteca durante la segunda quincena de septiembre de 2014 «han de darse prisa» para solicitar la devolución frente a su Hacienda autonómica porque «la prescripción es inminente», recuerdan desde el REAF. En ese escrito deben exponer la cuestión y adjuntar la escritura de préstamo y la carta de pago del impuesto siempre que no hayan transcurrido cuatro años. Si el Supremo determinase que son los clientes los que pagan el impuesto, la Administración rechazará esa petición, pero, ante la incertidumbre, es mejor no dejar pasar el plazo.

¿Y la demanda judicial? Con esta confusión, puede esperar a que el Supremo se aclare y después dirigirse a un bufete o asociación para presentar una demanda, si así lo consideran. A la vía civil tendrían que recurrir quienes firmasen sus créditos antes de septiembre de 2014, a los que no les correspondería la devolución por vencer la prescripción fiscal.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios