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El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, junto a la ministra Celaá y la ministra Calviño, ayer tras el Consejo de Ministros. :: efe
Los alquileres vuelven a ser de cinco años desde hoy pero no se limita su precio

Los alquileres vuelven a ser de cinco años desde hoy pero no se limita su precio

El Gobierno aprueba un real decreto con medidas de «absoluta necesidad» como limitar la fianza a dos mensualidades o una leve rebaja de impuestos

EDURNE MARTÍNEZ

MADRID.

Sábado, 15 de diciembre 2018, 00:27

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El Gobierno de Sánchez llegó a la Moncloa con la determinación de «intentar revertir» la actual situación del mercado de la vivienda y su principal medida ha sido aprobar en Consejo de Ministros un real decreto-ley de medidas urgentes y de «absoluta necesidad» en materia de alquiler. Hoy mismo, tras su publicación en el BOE, entrará en vigor. Las principales medidas son la prórroga de 3 a 5 años en los contratos y la limitación a dos meses de las fianzas exigidas por los caseros. Además, el Gobierno no prevé introducir medidas para intervenir los precios del mercado, algo que sí estaba acordado con Podemos en el acuerdo de Presupuestos.

El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, explicó que la dificultad para acceder a una vivienda de alquiler «precariza» la posibilidad de mantener un horizonte de vida, lo que es un «drama para las familias» y para muchos jóvenes que tienen que vivir «en habitaciones de casas compartidas a precios abusivos».

Ampliar los contratos de 3 a 5 años

El Gobierno quiere volver al escenario anterior al cambio de ley del PP de 2015 en el que los inquilinos pueden permanecer en el inmueble con prórrogas del contrato hasta cinco años. Si el casero es una persona jurídica (empresas o fondos de inversión, por ejemplo), los contratos serán de una duración mínima de siete años.

Y las prórrogas tácitas (la prórroga si las partes no dicen si quieren renovarlo o no), que con la ley de 2015 también se rebajaron a un año, vuelven a ser de tres.

Limitar la fianza a dos meses

Los propietarios podrán exigir como máximo dos meses de fianza, «a no ser que se trate de contratos de larga duración», para evitar abusos y que los ciudadanos que no tienen tanto dinero ahorrado también puedan acceder a una vivienda. Hasta ahora no había límite y eso provocaba que en muchas ocasiones el dinero a aportar antes de entrar a vivir fuera «desproporcionado».

Los gastos de inmobiliaria los paga el arrendador si es una empresa

El arrendador se hará cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato, siempre que sea una persona jurídica (una empresa o sociedad). Actualmente los que van a una agencia inmobiliaria a buscar casa de alquiler deben abonarle una mensualidad en concepto de honorarios, una cantidad de la que a partir de este sábado deberá hacerse cargo el arrendador.

Combatir los desahucios

Los desahucios de alquiler están creciendo el 5% al año y en el tercer trimestre ya supusieron el 65% del total, consecuencia -según indicó Ábalos- de que el 42% de los hogares destinan más del 40% de su renta al alquiler, 17 puntos más que la media de la UE.

Para combatirlo, el Gobierno modifica la ley para mejorar la coordinación entre los órganos judiciales y los servicios sociales, así como medidas para facilitar la adopción de medidas para atender los casos de las familias de menor capacidad económica, vulnerabilidad social o con mayores cargas familiares.

Rebaja de impuestos

En el área fiscal, el paquete de medidas establece la exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en los contratos de arrendamiento de vivienda para uso estable, aunque estos tributos es poco habitual abonarlos en los procesos de alquiler entre particulares.

También se modificará la regulación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para eliminar la obligación de repercutirlo al arrendatario en un alquiler social por parte de Administraciones. Además, los ayuntamientos podrán dar una bonificación del 95% en la cuota del IBI para las casas con alquiler a precio limitado y, como ya se había anunciado, los ayuntamientos con superávit podrán destinarlo a promover su parque de vivienda pública.

Contra los pisos turísticos

Para frenar el avance del alquiler turístico en determinadas ciudades, el real decreto modifica la Ley sobre Propiedad Horizontal para que las comunidades de vecinos puedan limitar o vetar este tipo de arrendamientos en el edificio, siempre que lo apoyen tres quintas partes de los propietarios. Así se «favorecerá» la convivencia en las viviendas de las grandes ciudades.

La idea a futuro es la construcción de 20.000 viviendas en «los próximos 4 a 6 años» para el alquiler «con renta o precio limitado» en aquellos municipios «con demanda acreditada» donde los precios «se estén incrementando más».

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