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Los matrimonios gais reciben el aval de la justicia para residir en toda la UE

Rumanía se negó a dar el permiso de residencia al cónyuge americano de un ciudadano de su país por no reconocer este tipo de uniones

ADOLFO LORENTE

BRUSELAS.

Miércoles, 6 de junio 2018, 00:38

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Entonces apenas tenían 30 años. Adrian, rumano, y Claibourn, estadounidense, se conocieron en internet y tuvieron una primera cita en Nueva York. En Central Park, dónde si no. Corría 2002. Ya entrado el siglo XXI, pero aún la prehistoria en lo relativo al reconocimiento de derechos sociales como el matrimonio gay. Se amaban, querían casarse y dado que en sus países de origen no podían, lo hicieron en Bruselas en 2010, donde trabaja Adrian. Y ahora, ocho años después, acaban de recibir el mejor regalo de bodas. Llegó ayer, con membrete de Luxemburgo y en forma de sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que acaba de avalar el derecho de residencia que tienen los matrimonios homosexuales en los 28 países que conforman la UE, incluso en aquellos donde no se reconoce la figura del matrimonio entre personas del mismo sexo.

«Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, extracomunitario, la concesión de un derecho de residencia», concluye el fallo. El varapalo no sólo es para Rumanía, también para los otros cinco países que no contemplan este tipo de uniones en sus legislaciones. A saber, Eslovaquia, Letonia, Lituania, Bulgaria y Polonia.

Los protagonistas de esta historia son Relu Adrian Coman, nacional rumano, y Robert Claibourn Hamilton, estadounidense. Según consta en el relato de hechos del fallo, convivieron durante cuatro años en Estados Unidos antes de contraer matrimonio en Bruselas, en 2010. En diciembre de 2012, Coman solicitó a las autoridades de su país que le informase del procedimiento y de los requisitos para que su marido, al formar ya parte de su familia, obtuviera los permisos correspondientes para residir formalmente en Rumanía 'sine die' y no por un período de tres meses, plazo estipulado en la legislación vigente para turistas.

El fallo afecta a Eslovaquia, Letonia, Lituania, Polonia, Rumanía y Bulgaria que no contemplan estas uniones

Esta solicitud, recuerda el TJUE, «se basaba en la directiva relativa al ejercicio de la libertad de circulación», que permite al cónyuge de un ciudadano de la Unión reunirse con él en el Estado miembro donde éste reside. La administración rumana, sin embargo, rechazó la petición porque en el país no se reconocen los matrimonios homosexuales y, por ende, el término cónyuge no era aplicable para este caso concreto.

«Una decisión histórica»

Pero lejos de rendirse, Adrian y Claibourn decidieron llegar hasta el final y recurrieron la decisión ante el Tribunal Constitucional rumano. Era una cuestión de orgullo, poco importaba el resto. «Es una discriminación por razón de la orientación sexual respecto al ejercicio del derecho a la libre circulación dentro de la Unión», argumentaron. Cuando llegó el caso ante su mesa, el Constitucional optó por lavarse las manos y recurrir al ya tradicional 'que decida la UE'. Así que pasaron la pelota al Tribunal de Justicia de la UE, que ayer dictó una sentencia muy esperada y que supone una gran victoria para el colectivo homosexual. A los jueces sólo les faltó escribir aquello de 'bienvenidos al siglo XXI'.

«¡Mi marido y yo estamos muy emocionados por esta decisión! ¡Agradecemos a todos los que nos han apoyado en este viaje! ¡Ahora estamos un paso más cerca de ser reconocidos como familia!», se felicitó Claibourn Hamilton a través de Twitter. Lo hizo desde Nueva York, donde residen en la actualidad. Su particular batalla era la guerra en la que estaban involucrados un sinfín de personas. La sentencia fue celebrada por muchos colectivos, como la Asociación Internacional de Gays, Lesbianas, Bisexuales, Tras e Intersexuales (ILGA), que calificó la decisión como «histórica para los derechos de las parejas del mismo sexo».

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