La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto los recursos de casación que interpusieron la viuda y los padres del retén forestal Francisco Lasheras, asesinado por José Manuel Villodas Ortega en Cornago en mayo del 2010 y condenado a una pena de 18 años de prisión, contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. El TSJR, corrigiendo el veredicto de la Audiencia Provincial, excluyó a la administración riojana como responsable civil subsidiario de las indemnizaciones que debe recibir la familia y que superan, en total, los 286.000 euros.
Después de que el juicio con jurado admitiera que si el condenado no hacía frente a esas cantidades, la administración regional estaría obligada a abonarlas, la Comunidad recurrió ante el TSJR, que le dio la razón y le eximió de dicha responsabilidad. Ahora, el Supremo confirma la sentencia del TSJR.
Los recurrentes entendían que la Administración sí era responsable subsidiariamente porque, en el momento de los hechos, el condenado era empleado laboral de la Comunidad (relación probada por el Supremo); estaba en el ejercicio de sus funciones; el acto tuvo lugar en su jornada laboral; y porque la Comunidad no escuchó las quejas que, sobre el comportamiento del condenado, habían hecho sus compañeros.
El Supremo entiende que, en el caso, no se puede vincular el asesinato al trabajo que desempeñaba y que no hay conexión entre la acción a indemnizar y el funcionamiento del servicio -«no existe relación entre la acción homicida y el contenido de las funciones laborales contratadas más allá de las topográficas o cronológicas»- y apunta que las labores a desarrollar por el retén contratado «no suponían en modo alguno el uso de armas». De igual manera, entiende que «la mera existencia de quejas, por comportamientos relativos a relaciones personales, no es por sí signo inequívoco de una grosera falta en la organización del servicio en que desempeñaba su tarea el penado».
Así, el Supremo considera que no son procedentes los recursos de casación interpuestos por los familiares del retén asesinado y confirma la sentencia del TSJR que excluye a la Administración regional del pago.