Dos años de cárcel. Esta es la petición de la Fiscalía para una mujer acusada de un delito de estafa supuestamente cometido al revender un portal de Internet dedicado a contactos sexuales.
La acusada, mayor de edad y condenada con anterioridad por estafa y apropiación indebida, el 15 de enero del 2009, según detalla el escrito de acusación pública, otorgó escritura de compraventa del negocio ante un notario de Logroño. Un documento que se redactó conforme a la minuta que había facilitado la procesada.
En la citada escritura, la acusada comparecía como parte vendedora en su nombre propio y también en representación de la parte compradora, una mujer domiciliada en Alicante. No obstante, la imputada, pese a que fue advertida por el notario, no presentó ningún documento que acreditara que actuaba como representante de la persona que adquiría la empresa.
Con la venta, la acusada transmitía a la alicantina el pleno dominio del negocio de contactos sexuales con sus activos materiales e inmateriales y con su fondo de comercio, es decir la utilización y explotación de forma exclusiva del portal web y de las bases de datos de clientes actuales contenidos en el messenger de las 25 colaboradoras actuales, además de sus bonos. También le transmitía el panel de estadísticas para ver la facturación diaria.
La operación de compraventa llevaba implícita la transmisión de todos los derechos sobre el nombre comercial, la titularidad sobre las licencias y las autorizaciones necesarias para proseguir con la explotación de la empresa. Paralelamente se pactó que en el supuesto de que la compradora no pudiera iniciar la explotación del negocio por diversos motivos, la vendedora debería subsanar las deficiencias en 15 días y de no ser posible, debía devolverle el dinero y pagarle una indemnización de 2.000 euros.
El precio de la operación, de acuerdo con el relato del Ministerio público, se fijó en 4.500 euros, cantidad que la compradora transfirió a una cuenta de la vendedora.
Antes de que pasaran los quince días de plazo, la acusada, al parecer, transmitió la titularidad del dominio del negocio a otra mujer residente en Almería. De esta forma, la primera compradora «no pudo desarrollar la actividad en la empresa por la que había pagado», concluye el escrito del fiscal.