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Un dron sobrevolando.
Registrados 355 drones en el primer año de vigencia de la norma que regula su uso

Registrados 355 drones en el primer año de vigencia de la norma que regula su uso

La mayoría de estos aparatos de menos de 25 kilos presentaron una declaración responsable para realizar fotografía aérea o fotogrametría

EUROPA PRESS

Sábado, 4 de julio 2015, 14:14

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La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha registrado 335 operadores de drones de menos de 25 kilos al despegue en el primer año desde la entrada en vigor de la normativa que regula su uso.

Los operadores de drones de 25 kilos o menos no necesitan una autorización de la AESA, pero sí tienen que presentar ante ella una declaración responsable de que cumplen todos los requisitos que marca la ley. A día de hoy se han presentado correctamente 335 declaraciones responsables, la mayoría para realizar fotografía aérea, fotogrametría, ha informado el Ministerio de Fomento por medio de un comunicado.

Además, la AESA ha autorizado a 67 operadores para realizar vuelos de prueba, demostración o investigación en espacio aéreo no controlado dentro del alcance visual del piloto o en una zona de espacio aéreo segregado al efecto y hay dos operadores de más de 25 kilos que han solicitado autorización para realizar vuelos más allá del alcance del piloto.

En este año, la AESA ha tramitado 75 propuestas de expedientes sancionadores, 13 en 2014 y el resto en los primeros seis meses de 2015. La mayoría de ellas han respondido al uso irregular de drones en zonas urbanas y pobladas y sobre aglomeraciones de personas.

De acuerdo con Fomento, el sector de los drones ha experimentado un importante crecimiento en el último año, pero "todavía está en desarrollo", por lo que la actual normativa será actualizada mediante la aprobación de un Real Decreto, que actualmente está en fase de valoración de alegaciones presentadas por el sector.

Condiciones

Esta nueva normativa estudia permitir escenarios operacionales adicionales, como el vuelo en zonas urbanas, siempre y cuando los drones cuenten con los permisos necesarios y cumplan las medidas adicionales específicas de seguridad, como que sean aeronaves de hasta 10 kilos, a una distancia máxima del piloto de 100 metros y de una altura máxima de 120 metros, en zonas acotadas o a una distancia de seguridad de edificios y personas.

Por otro lado, se está estudiando la opción de permitir que aeronaves de hasta 25 kilos al despegue puedan volar en espacio aéreo no controlado más allá del alcance visual del piloto, siempre y cuando cuenten con los sistemas de seguridad adecuados.

La normativa española se rige por los mismos principios fundamentales que la regulación europea, prevista para 2016, y que se acordaron en marzo de 2015 en la Conferencia de Riga.

Estos principios son facilitar el crecimiento del sector, pero garantizando la seguridad de las operaciones y bienes en tierra, tratar a los drones como nuevos tipos de aeronaves con reglas proporcionales basadas en el riesgo de cada operación y establecer que el operador de un avión tripulado por control remoto sea el último responsable de su uso.

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