Lo que emita el fiscal no es vinculante para la decisión que finalmente adopte el órgano de gobierno de los jueces
Las asociaciones de jueces coinciden en que es un trámite habitual y entra dentro de la normalidad
Fotografía de archivo del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, el pasado mes de enero.
Un trámite rutinario
Las asociaciones de jueces coinciden en que la decisión del CGPJ es un trámite habitual y entra dentro de la normalidad.
El portavoz de Jueces para la Democracia (JpD), Miguel Ángel Gimeno, ha explicado que, aunque no es tan usual que se suspenda a un juez en sus funciones, la consulta del CGPJ al fiscal es el "trámite habitual" fijado por la ley.
Pese a ello, Gimeno ha indicado que la tradición y costumbre en el CGPJ es no decidir suspender cautelarmente a un magistrado hasta que no exista una imputación concreta y la causa abierta haya pasado a la fase del procedimiento abreviado.
Antonio García, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), considera que el CGPJ no hace más que cumplir con el trámite establecido en los artículos 383 y 384 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) como paso previo a la posible suspensión de un magistrado, que se deberá decidir tras conocer el informe del fiscal.
En el caso de que la querella hubiera sido presentada por el fiscal, la suspensión del juez llegaría casi automáticamente, mientras que si la querella procede de una acusación particular la suspensión se retrasaría hasta que exista una imputación formal.
Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV), coincide en que la actuación del CGPJ es la habitual y entra dentro de la normalidad en el proceso de admisión a tramite de una querella al dar traslado al fiscal del asunto.
Sexmero, sin embargo, no comparte el criterio de que exista ya una imputación formal contra Garzón y considera que al no ser el fiscal parte querellante y haber solicitado el archivo de la causa, lo lógico es que la suspensión solicitada por la acusación particular se rechace.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado solicitar a la Fiscalía que informe sobre la posibilidad de proceder a la suspensión cautelar del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en relación con los dos procedimientos penales admitidos a trámite contra él en el Tribunal Supremo (por investigar las desapariciones del franquismo por su gestión de unos cursos en Nueva York).
La resolución supone dar el primer paso para suspender temporalmente en sus funciones al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, si bien el contenido del informe del fiscal no es vinculante. La consulta a la Fiscalía se produce antes de que Garzón haya podido recurrir el auto dictado por el magistrado del alto tribunal Luciano Varela que rechazaba archivar la
causa por prevaricación relacionada con su investigación de la memoria histórica.
Hay que tener en cuenta que la posibilidad legal, si bien parece harto improbable, de que la Sala admita su recurso de apelación y archive las actuaciones contra el juez. La resolución de la Comisión Permanente se fundamenta en la recepción por este órgano tanto del auto de Varela como del dictado por la Sala el pasado 28 de enero admitiendo a trámite una segunda querella contra el juez (por presunta prevaricación, cohecho y estafa), relacionada con la gestión de unos cursos patrocinados por el Banco Santander en la Universidad de Nueva York.
La memoria histórica y las clases de Nueva York
La realidad es que contra Garzón no se ha dictado aún ningún auto de procesamiento. En el asunto de la memoria histórica se está a la espera de que el juez recurra el auto de Varela y la Sala de lo Penal se pronuncie al respecto, y en la causa por los pagos de Nueva York tan sólo se ha procedido a la admisión a trámite de la querella.
El acuerdo del CGPJ llega después de que el pasado jueves el magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela emitiera un auto señalando que ve
motivos para sentar a Garzón en el banquillo. La decisión del instructor supuso la desestimación de la última petición de Garzón para que el caso sea cerrado. La decisión puede ser recurrida ante la Sala y Garzón, por su parte, ya está preparando con su abogado Gonzalo Martínez-Fresneda la posible interposición de recurso de apelación, cuyo plazo de presentación concluye mañana.
El pasado 28 de enero, el Supremo admitió a trámite la querella interpuesta por dos abogados Garzón en relación con la organización por su parte de unos cursos en Nueva York entre 2005 y 2006, cuando disfrutaba de un permiso de estudios, que fueron patrocinados por el Banco Santander. A su vuelta a España, el juez archivó una causa que tenía pendiente contra directivos de la entidad, según la denuncia. Para la investigación de estos hechos se ha designado al magistrado Manuel Marchena, que dirigirá la instrucción contra el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 por los presuntos delitos de prevaricación, cohecho y estafa.
Esta nueva acción penal contra Garzón se produjo después de que en marzo de 2009 el Supremo archivara una primera querella por el mismo asunto ordenara al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que los investigara. El órgano de gobierno de los jueces abrió diligencias informativas contra el juez, pero las cerró el pasado mes de julio sin aplicarle ninguna sanción disciplinaria.