Desestimado el recurso de Martínez contra el resultado de las elecciones al Colegio de Médicos
El fallo reprocha a la demandante que «ni establece ni desarrolla los fundamentos» para la anulación
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado el recurso que interpuso la candidatura de la doctora Inmaculada Martínez en el que se cuestionaba, entre otras cosas, la legalidad de los resultados que arrojaron las urnas el pasado 3 de mayo del 2006, fecha de la cita electoral para dilucidar la presidencia del Colegio Oficial de Médicos de La Rioja, que acabó recayendo en Alfredo Milazzo.
El recurso judicial fue interpuesto el 11 de julio del 2006 y -según se recoge en la propia sentencia- planteaba varios asuntos: en primer lugar «la nulidad de la convocatoria a elecciones realizada por la actual Junta Directiva en funciones en fecha de 26 de julio de 2005 y de todos los actos derivados de la misma», de igual modo se solicitaba «la nulidad del acuerdo de reanudación» del proceso electoral interrumpido por una primera decisión judicial, y, por último, «la nulidad de la votación por las innumerables irregularidades cometidas en el voto por correo (depósito, traspaso, control de firmas, hora de entrega en la mesa electoral...)».
En lo que respecta al primer punto, la sentencia recuerda que «la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de La Rioja declaró que la convocatoria electoral no vulneraba derecho fundamental alguno. En consecuencia -prosigue- no se puede reabrir un examen de legalidad ordinaria de aquel acto, como se pretende».
Sobre la decisión de Milazzo de reanudar un proceso electoral que quedó interrumpido tras las denuncias de fraude lanzadas por Martínez, la juez explica que una vez «dictada la sentencia del TSJR (que dio la razón a la candidatura oficialista) nada impide que se continúe con el proceso electoral».
Por último, y sobre la presunta ilegalidad de los resultados electorales, el fallo judicial zanja el tema asegurando que la demanda de Inmaculada Martínez «ni establece ni desarrolla los fundamentos de derecho en los que se basan sus pretensiones anulatorias».