Jueves, 15 de febrero de 2007
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El alcohol pasa factura
El Gobierno contempla sanciones económicas de hasta 600.000 euros por el incumplimiento de algunos de los artículos previstos en el nuevo borrador de la 'ley antialcohol'
El último borrador de la 'ley antialcohol' redactado por el Ministerio de Sanidad no se olvida de especificar muy claramente cuáles serán las consecuencias para aquellos que no cumplan con lo previsto en las normas. Las sanciones económicas pueden llegar en algunos casos hasta los 600.000 euros.
El alcohol pasa factura
Un cartel prohíbe la venta de alcohol a menores de 16 años en un establecimiento de la capital riojana. / E. DEL RÍO
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El capítulo V del nuevo texto clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Entre las consideradas como infracciones leves está el consumo de debidas alcohólicas en los lugares que esté prohibido (por ejemplo centros de protección y atención a menores, centros de enseñanza infantil o secundaria y centros docentes no universitarios, excepto los de adultos). No exponer en un lugar visible los carteles que informen de la prohibición de venta, dispensación y consumo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años es otra infracción incluida en esta misma categoría. Las sanciones previstas en estos casos son de multas entre 30 y 600 euros.

La dispensación de bebidas alcohólicas a través de máquinas expendedoras en lugares no autorizados, o la publicidad de estas bebidas contraviniendo las normas que restringen esta actividad son algunas de las actividades consideradas graves. Las sanciones en estos casos oscilarán entre los 600 y los 10.000 euros.

El Ministerio considera como infracciones muy graves -penadas con multas de 10.000 a 600.000 euros- la reincidencia en la violación de determinados artículos así como cualquier actividad dirigida directamente a incitar al consumo de alcohol entre los menores de edad. La venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años puede ser considerada infracción grave o muy grave dependiendo del lugar en donde se produzca.

El borrador aclara que la cuantía de la sanción que se imponga -dentro de los límites indicados- se calculará teniendo en cuenta criterios como la capacidad económica del infractor, la repercusión social del acto o el beneficio que haya reportado al infractor la conducta sancionada.

 
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