Air Madrid necesitará el permiso del administrador nombrado por el juez para cualquier operación
El magistrado pide celeridad a las «posibles iniciativas» para solucionar los problemas de la aerolínea
Air Madrid es insolvente. Así lo entiende el titular del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Alberto Arribas, que decretó ayer el concurso necesario de acreedores (antigua suspensión de pagos) de la aerolínea a petición de cuatro clientes, miembros de una misma familia a los que la firma dejó tirados en Madrid-Barajas con un billete a Buenos Aires en la mano. La compañía podrá administrar su patrimonio, pero no podrá tocar un euro ni hacer o deshacer un contrato sin el consentimiento de los administradores concursales. En su auto, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, el juez pide celeridad a las iniciativas que puedan existir en el sector para intentar dar una salida a la crisis.
«El deudor (Air Madrid) conserva, por ahora, las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención de los administradores concursarles, mediante su autorización o conformidad», señala el juez. Un escenario menos gravoso para el propietario de la aerolínea, José Luis Carrillo, que el de la sustitución directa de los administradores de la empresa pero que el magistrado entiende más conveniente.
Los administradores concursales designados por el juez son el abogado Ángel Rojo Fernández-Río, el economista Francisco Javier Ramos Torres y un tercero que nombrará Mapfre Industrial -uno de los acreedores de Air Madrid- que deberá ser auditor de cuentas, economista o titulado mercantil colegiado con una experiencia mínima de cinco años. Una vez que al menos dos de los tres acepten sus cargos, deberán informar al juez de si entienden conveniente la fórmula elegida por éste o proponen otra distinta. Estos técnicos deberán analizar también la propuesta de la empresa de iniciar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) para sus 1.200 trabajadores.
Lo más adecuado
La ley señala que el concurso necesario de acreedores acarrea para el deudor la imposibilidad de administrar y disponer del patrimonio pero también deja en manos del juez la opción de optar por una mera intervención en la administración. Así lo recuerda el magistrado Arribas, que señala que este modelo es «más adecuado».
«La complejidad del negocio aéreo y las posibles iniciativas -en alusión a la mediación del Ministerio de Fomento y a los contactos de Air Madrid con algún eventual comprador- que pueden afectar a la suerte final de la sociedad y a la mayor o menor satisfacción de los acreedores y aun mayor o menor sacrificio laboral», dice, le han inclinado por la versión menos dura. Una opción que, además, busca evitar que la Justicia pueda complicar una salida a la crisis con larguísimos trámites procesales.