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Jueves, 20 de julio de 2006
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Urbiola afirma que cinco técnicos y la ley avalan la autorización del coto de Lardero
El titular de Medio Natural acusa al PSOE de hacer política con «una acción de gobierno» y le reta a ir a los tribunales
El director general de Medio Natura, Miguel Urbiola, aseguró ayer que la autorización del coto de caza a los propietarios de los terrenos de La Dehesa, de Lardero, que el Ayuntamiento ha recalificado para la construcción de un campo de golf y viviendas, «es completamente legal y está avalada por los informes de cinco técnicos».
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Urbiola acusó a la diputada del PSOE Inmaculada Ortega de «hacer política con una acción de gobierno» y la emplazó a «llevar el caso a los tribunales si le queda alguna duda». El titular de Medio Natural recordó que los argumentos esgrimidos por el PSOE para denunciar la supuesta ilegalidad de la autorización «son los mismos que empleó la sociedad de caza de Lardero San Isidro y que fueron desestimados por los técnicos en los dos recursos presentados». «La sociedad de caza -recordó- quería que los terrenos solicitados para coto privado fueran incluidos en su coto deportivo, pero, aunque no cumpliera las condiciones, tampoco sería posible, con lo que se podría generar un problema de descontrol de las especies cinegéticas».

En cualquier caso, el director general quiso dejar claro que la solicitud «cumple todos los requisitos legales en cuanto a la superficie, con una medición topográfica de los propios interesados y una comprobación por ortofoto nuestra que confirman que se alcanzan las 250 hectáreas mínimas». «Si alguien tiene dudas -añadió-, lo que debe hacer es aportar una medición alternativa». Urbiola recordó que, en contra de lo manifestado por el PSOE, puede haber en los cotos, «como ocurre en el 90% de los casos, vallas perimetrales para que no se escape el ganado, carreteras en las fincas, y, respecto a la recalificación de los terrenos, hoy por hoy no existe y, por lo tanto, siguen siendo rústicos». Urbiola sí admitió cierta «ambigüedad legislativa» sobre el concepto de titularidad y propietario, que es básico para determinar la superficie mínima exigible. En este sentido, la ley prevé que si hay más de un titular son exigibles 500 hectáreas (con lo que no cumpliría la finca en cuestión) y si sólo hay uno sólo se precisan 250: «No hay que confundir titular y propietario, y si bien la falta de claridad de la ley puede inducir a algún error, nuestros técnicos expertos en caza y la Secretaría Técnica de la Consejería, a la que se pidió un informe, distinguen entre titular de derecho cinegético (una única sociedad) y propietarios de las fincas (varios), con lo que la legalidad está garantizada».



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