El TSJR suspende la orden que limita a ocho las aperturas comerciales en festivo
El fallo atiende el recurso de las grandes superficies, que creen que no se ha justificado un motivo para rebajar el número de días El auto abre un vacío legal sobre cuándo pueden abrir ahora las tiendas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha emitido un auto en el que se decreta la suspensión del artículo primero de la orden promulgada el pasado 14 de diciembre por la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico del Gobierno regional, en el que se limitaba a ocho el número de aperturas comerciales en domingos y días festivos. La Justicia riojana ha atendido de este modo el recurso presentado por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED).
El motivo de controversia es que la Ley estatal que regula los horarios comerciales desde el año 2004 especifica, en su artículo 4 punto primero, que «el número mínimo de domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de doce».
Sin embargo, en el punto 2, se matiza que «las comunidades autónomas podrán modificar dicho número en atención a las necesidades comerciales, incrementándolo o reduciéndolo, sin que en ningún caso se pueda limitar por debajo de ocho». Más adelante, la Ley estatal especifica que para variar el número de doce días propuestos, cada región «deberá atender de forma prioritaria al atractivo comercial de dichos días para los consumidores». Y este último aspecto es el que, según las grandes superficies, no se ha cumplido en el caso riojano.
Sentencia anterior
El auto recuerda que esta misma Sala ya dictó una sentencia estimatoria de un recurso anterior presentado por ANGED contra la Ley regional de horarios comerciales para el 2005. Pero la sentencia llegó el 2 de diciembre de ese año, con lo cual aquel fallo judicial no tuvo efectos concretos sobre comercios ni consumidores, pues el ejercicio al que hacía referencia estaba a punto de cerrarse.
Sin embargo, esta vez la situación es diferente. El último auto del TSJR provoca un vacío legal en mitad de la temporada comercial. La ordenanza regional queda suspendida cautelarmente desde hoy mismo, y aunque los abogados del Gobierno presenten recurso de súplica ante la Sala o recurso de casación ante el Supremo, la respuesta definitiva puede tardar varios meses en producirse.
En lo que resta de año, y según determinó la orden regional del pasado mes de diciembre, quedaban todavía cinco días de apertura comercial en domingos y festivos: el 11 de junio, el 2 de julio, el 3 de septiembre y el 24 y el 31 de diciembre.